Sociedad
El engorroso trámite de dar de baja un servicio por teléfono
Aunque esté amparado por la ley, todavía es muy difícil hacerlo.
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Por Bárbara García Grespo(*) | 08.06.2012 | 16:10

Aunque la ley está vigente, cada vez es más dificil dar de baja un servicio por teléfono. | Foto:
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Inés Hernández no podía seguir pagando el abono de su teléfono celular, por eso decidió dar de baja el servicio. Llamó al centro de Atención al Cliente, intentaron convencerla durante un mes y finalmente le dijeron que le tomaban la baja.
Creyendo en lo que le decía la empresa dejó de usar su teléfono celular, pero durante los próximos tres meses le siguió llegando la factura.
Pensó que era un problema de sistema, por eso lo dejó pasar, pero al mes siguiente junto con la factura le llegó una carta intimándola a pagar la deuda que tenía. “Tardé tres meses más en solucionar todo, fue un trámite demasiado complicado. jamás me imaginé que sería así”, confesó la mujer.
Al igual que Inés miles de argentinos de todo el país sufren las mismas consecuencias a la hora de querer dar de baja un servicio. Incluso, todavía sigue siendo una de las mayores quejas de los consumidores. Sin embargo, hay una ley que ampara esta medida.
En marzo del 2008 se modificó la ley 24.240 de Defensa al Consumidor por la ley 26.361 en donde dice explícitamente que la baja de un servicio puede darse de la misma manera por la que fue contratado. Pero todavía hoy, cuatro años después ciertos artículos de la ley siguen sin cumplirse.
“El problema principal es que es muy difícil constatar que se realizó la baja del servicio. Aunque desde la empresa le digan que la llamada está siendo registrada, y le dan un número de transacción, todo juega a favor de la empresa, no de los usuarios”, explica Pablo Rodríguez, presidente de la Asociación de Consumidores Sepa Defenderse.
Las principales quejas que reciben las asociaciones que defienden al consumidor son de telefonía, tanto móvil como fija, y las empresas de cable e internet. Según Rodríguez todas las empresas llevan un registro de Atención al Consumidor, en donde anotan cada llamada que reciben. Por un lado están las llamadas de gestiones, y por otro las denuncias.
“Muchas veces las empresas dan un número para registrar la llamada a los consumidores que piden la baja, pero le dan un número de gestión, no de denuncia, y lo anotan como una averiguación de baja. El cliente corta creyendo que la baja ya fue tomada y es ahí donde empieza el problema”, cuenta Pablo Rodríguez.
Además de saber que las empresas hacen oídos sordos a la ley, Pedro Busetti, presidente de Defensa de Usuarios y Consumidores (DEUCO), sostiene que “hay una gran falencia en los organismos estatales de aplicación que no controlan correctamete. No hay estadísticas oficiales, ni nada. Hay una gran falta de voluntad política para que se cumpla la ley vigente”.
Mensajes de contenido, otro dolor de cabeza. Matías Carrillo mandó una vez un mensaje a la famosa publicidad “2020” pensando que el contenido le llegaría una sola vez.
“Me llamó la atención la publicidad y mandé sin saber que automáticamente me iba a mandar contenido todos los días. Al mes me di cuenta que me estaba consumiendo todo el crédito, pero no tenía forma de darme de baja porque la empresa móvil no me daba ninguna solución. Tuve que hacer una demanda legal para darlo de baja”, cuenta Matías.
La modalidad de los mensajes de contenido que llegan a los celulares es muy fácil de contratar, pero muy difícil darse de baja.
Osvaldo Bassano, presidente de la Asociación de Defensa de los Derechos de los Uusuarios y Consumidores (ADDUC), explica que “es muy difícil deshacerse de este servicio porque el consumidor desconoce las cláusulas por las cuales lo contrató. La empresa proveedora del servicio móvil no se hace cargo, dice que desconoce a la compañía que brinda los contenidos, cuando son ellos mismos los que la habilitan en sus líneas. Y esto también está regulado por la ley”.
La modificación de la ley de Defensa al Consumidor se encuentra reglamentada mediante el Decreto 565/2008 firmado por Cristina Fernández de Kirchner. Aunque la ley esté en vigencia, no se cumplen la totalidad de sus artículos. Incluso, según las asociaciones de defensa al consumidor, los reclamos por la baja aumentó en los últimos años y se sigue posicionando como una de las denuncias más comunes.
(*) Especial para Perfil.com
Creyendo en lo que le decía la empresa dejó de usar su teléfono celular, pero durante los próximos tres meses le siguió llegando la factura.
Pensó que era un problema de sistema, por eso lo dejó pasar, pero al mes siguiente junto con la factura le llegó una carta intimándola a pagar la deuda que tenía. “Tardé tres meses más en solucionar todo, fue un trámite demasiado complicado. jamás me imaginé que sería así”, confesó la mujer.
Al igual que Inés miles de argentinos de todo el país sufren las mismas consecuencias a la hora de querer dar de baja un servicio. Incluso, todavía sigue siendo una de las mayores quejas de los consumidores. Sin embargo, hay una ley que ampara esta medida.
En marzo del 2008 se modificó la ley 24.240 de Defensa al Consumidor por la ley 26.361 en donde dice explícitamente que la baja de un servicio puede darse de la misma manera por la que fue contratado. Pero todavía hoy, cuatro años después ciertos artículos de la ley siguen sin cumplirse.
“El problema principal es que es muy difícil constatar que se realizó la baja del servicio. Aunque desde la empresa le digan que la llamada está siendo registrada, y le dan un número de transacción, todo juega a favor de la empresa, no de los usuarios”, explica Pablo Rodríguez, presidente de la Asociación de Consumidores Sepa Defenderse.
Las principales quejas que reciben las asociaciones que defienden al consumidor son de telefonía, tanto móvil como fija, y las empresas de cable e internet. Según Rodríguez todas las empresas llevan un registro de Atención al Consumidor, en donde anotan cada llamada que reciben. Por un lado están las llamadas de gestiones, y por otro las denuncias.
“Muchas veces las empresas dan un número para registrar la llamada a los consumidores que piden la baja, pero le dan un número de gestión, no de denuncia, y lo anotan como una averiguación de baja. El cliente corta creyendo que la baja ya fue tomada y es ahí donde empieza el problema”, cuenta Pablo Rodríguez.
Además de saber que las empresas hacen oídos sordos a la ley, Pedro Busetti, presidente de Defensa de Usuarios y Consumidores (DEUCO), sostiene que “hay una gran falencia en los organismos estatales de aplicación que no controlan correctamete. No hay estadísticas oficiales, ni nada. Hay una gran falta de voluntad política para que se cumpla la ley vigente”.
Mensajes de contenido, otro dolor de cabeza. Matías Carrillo mandó una vez un mensaje a la famosa publicidad “2020” pensando que el contenido le llegaría una sola vez.
“Me llamó la atención la publicidad y mandé sin saber que automáticamente me iba a mandar contenido todos los días. Al mes me di cuenta que me estaba consumiendo todo el crédito, pero no tenía forma de darme de baja porque la empresa móvil no me daba ninguna solución. Tuve que hacer una demanda legal para darlo de baja”, cuenta Matías.
La modalidad de los mensajes de contenido que llegan a los celulares es muy fácil de contratar, pero muy difícil darse de baja.
Osvaldo Bassano, presidente de la Asociación de Defensa de los Derechos de los Uusuarios y Consumidores (ADDUC), explica que “es muy difícil deshacerse de este servicio porque el consumidor desconoce las cláusulas por las cuales lo contrató. La empresa proveedora del servicio móvil no se hace cargo, dice que desconoce a la compañía que brinda los contenidos, cuando son ellos mismos los que la habilitan en sus líneas. Y esto también está regulado por la ley”.
La modificación de la ley de Defensa al Consumidor se encuentra reglamentada mediante el Decreto 565/2008 firmado por Cristina Fernández de Kirchner. Aunque la ley esté en vigencia, no se cumplen la totalidad de sus artículos. Incluso, según las asociaciones de defensa al consumidor, los reclamos por la baja aumentó en los últimos años y se sigue posicionando como una de las denuncias más comunes.
(*) Especial para Perfil.com
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