favor del grupo clarin
La Cámara del Fuero Civil y Comercial dictaminará que los artículos 45 y 161 de la Ley de Medios son inconstitucionales. Y así, finalmente, la disputa entre el Gobierno y el Grupo Clarín llegará a la Corte Suprema.
Los camaristas del Fuero Civil y Comercial FederalFrancisco de las Carreras, María Susana Najurieta y Ricardo Guarinoni analizan algunas irregularidades que se presentan en la causa de la Ley de Medios, pero finalmente se inclinarán por la inconstitucionalidad, según anticiparon fuentes judiciales.
Hasta ahora, el juez Horacio Alfonso y el fiscal José María Medrano habían considerado los artículos constitucionales.
La Cámara, considerada opositora por el Gobierno, se pronunciaría en sentido contrario y, por lo tanto, a favor del Grupo Clarín.
Los jueces discuten los fundamentos pese a que votarán por separado y estiman hacer “expresa alusión a la vulneración de la libertad de expresión”, según fuentes judiciales cercanas a los camaristas.
La resolución se dará a conocer a mediados de marzo o principio de abril. Cuatro de las fuentes consultadas coinciden en que será “cuanto antes”.
Los argumentos más duros que preparan los camaristas impactarán contra el artículo 161, que obliga a las empresas a desprenderse de las licencias que exceden el límite fijado por la ley. Los jueces consideran que la exigencia contradice los derechos adquiridos por el Grupo Clarín a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 527 del año 2005 de Néstor Kirchner, que prorrogó el control de las licencias.
“Esta norma fue promulgada el día 10 de octubre de 2009, con lo cual, y aplicando los principios jerárquicos de ley posterior deroga a ley anterior y ley especial deroga a ley general, respecto de los titulares de las licencias a los cuales se aplicó el Decreto de Necesidad y Urgencia 527/2005, la transformación en ley formal de dicha norma en la fecha indicada derogó de forma implícita la ley anterior, 26.522, en lo atinente a la obligación de desinversión compulsiva que impone el art. 161”, argumentó a PERFIL el constitucionalista Andrés Gil Domínguez –relacionado con el Grupo Clarín–, en sintonía con los planteos que analiza la Cámara.
Para la mayoría de los camaristas, el artículo 45 de la norma, respecto de la multiplicidad de licencias, resultaría inconstitucional por “limitar la libertad de expresión de manera irrazonable y arbitraria”, según fuentes judiciales.
El titular de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, había requerido a los camaristas que apuraran el análisis de los artículos en disputa de la Ley de Medios.
Se estima que la Corte asumirá la discusión en abril, con el objetivo de llegar a una definición antes de las elecciones.
Los camaristas preparan un fallo contra la Ley de Medios
La Cámara del Fuero Civil y Comercial dictaminará que los artículos 45 y 161 de la Ley de Medios son inconstitucionales. Y así, finalmente, la disputa entre el Gobierno y el Grupo Clarín llegará a la Corte Suprema.
Los camaristas del Fuero Civil y Comercial FederalFrancisco de las Carreras, María Susana Najurieta y Ricardo Guarinoni analizan algunas irregularidades que se presentan en la causa de la Ley de Medios, pero finalmente se inclinarán por la inconstitucionalidad, según anticiparon fuentes judiciales.
Hasta ahora, el juez Horacio Alfonso y el fiscal José María Medrano habían considerado los artículos constitucionales.
La Cámara, considerada opositora por el Gobierno, se pronunciaría en sentido contrario y, por lo tanto, a favor del Grupo Clarín.
Los jueces discuten los fundamentos pese a que votarán por separado y estiman hacer “expresa alusión a la vulneración de la libertad de expresión”, según fuentes judiciales cercanas a los camaristas.
La resolución se dará a conocer a mediados de marzo o principio de abril. Cuatro de las fuentes consultadas coinciden en que será “cuanto antes”.
Los argumentos más duros que preparan los camaristas impactarán contra el artículo 161, que obliga a las empresas a desprenderse de las licencias que exceden el límite fijado por la ley. Los jueces consideran que la exigencia contradice los derechos adquiridos por el Grupo Clarín a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 527 del año 2005 de Néstor Kirchner, que prorrogó el control de las licencias.
“Esta norma fue promulgada el día 10 de octubre de 2009, con lo cual, y aplicando los principios jerárquicos de ley posterior deroga a ley anterior y ley especial deroga a ley general, respecto de los titulares de las licencias a los cuales se aplicó el Decreto de Necesidad y Urgencia 527/2005, la transformación en ley formal de dicha norma en la fecha indicada derogó de forma implícita la ley anterior, 26.522, en lo atinente a la obligación de desinversión compulsiva que impone el art. 161”, argumentó a PERFIL el constitucionalista Andrés Gil Domínguez –relacionado con el Grupo Clarín–, en sintonía con los planteos que analiza la Cámara.
Para la mayoría de los camaristas, el artículo 45 de la norma, respecto de la multiplicidad de licencias, resultaría inconstitucional por “limitar la libertad de expresión de manera irrazonable y arbitraria”, según fuentes judiciales.
El titular de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, había requerido a los camaristas que apuraran el análisis de los artículos en disputa de la Ley de Medios.
Se estima que la Corte asumirá la discusión en abril, con el objetivo de llegar a una definición antes de las elecciones.
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