Mujer reemplaza a mujer 24/07/2013 | Por Norma López*
La ausencia de la querida Silvia De Césaris, –una ausencia eterna y enorme como luchadora de los derechos de los trabajadores y los derechos de género–, reabre el debate en torno al cupo femenino como herramienta efectiva de equidad entre varones y mujeres.
Nuestra Carta Magna es riquísima a la hora de dar garantías de equidad. Basta como muestra el artículo 37 de la Constitución Nacional: “La igualdad de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y régimen electoral”.
El cupo es un piso obligatorio para candidaturas y cargos electivos. La ley no debe ser violentada resolviendo el caso de la vacancia en contra de lo dispuesto por las normas y por los antecedentes de la Justicia Electoral, del Honorable Senado de la Nación y de las legislaturas locales.
La Cámara de Diputados de la Provincia tiene 50 legisladores de los cuales y tras la aplicación del 30% –en Santa Fe, ese porcentaje es levemente superior al nacional–, ubica a 16 mujeres en representación del cupo femenino.
Sin Silvia, las diputadas son 15. El concepto de cantidad mínima será la unidad superior, por cuanto el número de legisladoras que cumplen con el porcentaje –mínimo, insisto- que cubre el cupo femenino es 16. En el caso de que entrase un varón, estaríamos por debajo de ese piso.
La renuncia de la candidata electa en Rosario por el PRO en una clara y grotesca dimisión a favor de su sucesor en la lista y referente político, unió a todos los partidos políticos para garantizar el cupo, en diciembre de 2011. Los bloques de concejales aceptamos el pliego de la número 5 de aquella propuesta electoral. Decisión política para no lesionar y garantizar el cupo femenino.
En mayo de 2012, una concejala rosarina del PS renunciaba a su banca. La lista por la cual había accedido en 2009, cumplía con el cupo pero con debilidad. Ella encabezaba la lista de concejales y la próxima mujer, aparecía en sexto lugar. Sostuvimos la misma posición que estamos sentando aquí. Debía ser reemplazada por otra mujer. Lamentablemente, los dirigentes de las otras fuerzas políticas, no se animaron a dar un salto cualitativo. Aunque debo reconocer que en esa ocasión, si bien perdimos una mujer, el cupo mínimo quedó garantizado.
¿Qué es lo que aún nos falta sobre el cupo femenino a casi 20 años de la sanción de la ley 10.802? Generar consenso para superar la etapa del respeto a la ley sólo en el armado de las listas legislativas. Es necesario garantizar las vacancias generadas en lugares ocupados por mujeres: una legisladora debe ser reemplazada por otra cuando la vacancia pone en riesgo el cupo.
En 2012, presentamos como FPV, una propuesta para modificar el reglamento interno del Concejo Municipal de Rosario y otra iniciativa para que legisladores provinciales, analizaran y modificaran la ley 10.802, para asegurar el cupo en todas las instancias electorales.
Necesitamos dirimir los casos en los cuales la vacancia de cargos legislativos de mujeres vulnere el cupo femenino y sea reemplazada por la próxima mujer en la lista.
Y poco importan los nombres propios y la pertenencia partidaria en la consolidación de derechos de género. Cada período histórico tiene las particularidades que definen los avances y retrocesos en el acceso y ejercicio de derechos plenos. ¿Es necesario debatir y optar por el retroceso?.
* Concejala del FPV en Rosario. Vicepresidenta del Concejo Municipal y candidata a renovar banca desde la lista Primero Rosario.
La ausencia de la querida Silvia De Césaris, –una ausencia eterna y enorme como luchadora de los derechos de los trabajadores y los derechos de género–, reabre el debate en torno al cupo femenino como herramienta efectiva de equidad entre varones y mujeres.
Nuestra Carta Magna es riquísima a la hora de dar garantías de equidad. Basta como muestra el artículo 37 de la Constitución Nacional: “La igualdad de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y régimen electoral”.
El cupo es un piso obligatorio para candidaturas y cargos electivos. La ley no debe ser violentada resolviendo el caso de la vacancia en contra de lo dispuesto por las normas y por los antecedentes de la Justicia Electoral, del Honorable Senado de la Nación y de las legislaturas locales.
La Cámara de Diputados de la Provincia tiene 50 legisladores de los cuales y tras la aplicación del 30% –en Santa Fe, ese porcentaje es levemente superior al nacional–, ubica a 16 mujeres en representación del cupo femenino.
Sin Silvia, las diputadas son 15. El concepto de cantidad mínima será la unidad superior, por cuanto el número de legisladoras que cumplen con el porcentaje –mínimo, insisto- que cubre el cupo femenino es 16. En el caso de que entrase un varón, estaríamos por debajo de ese piso.
La renuncia de la candidata electa en Rosario por el PRO en una clara y grotesca dimisión a favor de su sucesor en la lista y referente político, unió a todos los partidos políticos para garantizar el cupo, en diciembre de 2011. Los bloques de concejales aceptamos el pliego de la número 5 de aquella propuesta electoral. Decisión política para no lesionar y garantizar el cupo femenino.
En mayo de 2012, una concejala rosarina del PS renunciaba a su banca. La lista por la cual había accedido en 2009, cumplía con el cupo pero con debilidad. Ella encabezaba la lista de concejales y la próxima mujer, aparecía en sexto lugar. Sostuvimos la misma posición que estamos sentando aquí. Debía ser reemplazada por otra mujer. Lamentablemente, los dirigentes de las otras fuerzas políticas, no se animaron a dar un salto cualitativo. Aunque debo reconocer que en esa ocasión, si bien perdimos una mujer, el cupo mínimo quedó garantizado.
¿Qué es lo que aún nos falta sobre el cupo femenino a casi 20 años de la sanción de la ley 10.802? Generar consenso para superar la etapa del respeto a la ley sólo en el armado de las listas legislativas. Es necesario garantizar las vacancias generadas en lugares ocupados por mujeres: una legisladora debe ser reemplazada por otra cuando la vacancia pone en riesgo el cupo.
En 2012, presentamos como FPV, una propuesta para modificar el reglamento interno del Concejo Municipal de Rosario y otra iniciativa para que legisladores provinciales, analizaran y modificaran la ley 10.802, para asegurar el cupo en todas las instancias electorales.
Necesitamos dirimir los casos en los cuales la vacancia de cargos legislativos de mujeres vulnere el cupo femenino y sea reemplazada por la próxima mujer en la lista.
Y poco importan los nombres propios y la pertenencia partidaria en la consolidación de derechos de género. Cada período histórico tiene las particularidades que definen los avances y retrocesos en el acceso y ejercicio de derechos plenos. ¿Es necesario debatir y optar por el retroceso?.
* Concejala del FPV en Rosario. Vicepresidenta del Concejo Municipal y candidata a renovar banca desde la lista Primero Rosario.
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