viernes, 19 de julio de 2013

Con el proyecto de Lago no hubieran surgido problemas por la banca vacante

Con el proyecto de Lago no hubieran surgido problemas por la banca vacante
Tessa en su momento, y López ahora, hubiesen asumido sin ningún inconveniente

 
El diputado provincial justicialista Avelino Lago (PyT-FV); acompañado de sus pares: Raúl Fernández (PRO-UPROF), Luis Rubeo (KFV), Eduardo Toniolli (ME-FV), Mario Lacava (SFEM-PJ), Darío Mascioli (KFV), Roberto Mirabella (SFPT) y Silvia De Césaris (PyT-FV) (fallecida), presidentes e integrantes de distintas bancadas políticas incluyendo al propio presidente del Cuerpo, en el transcurso de la sesión ordinaria del día jueves 04 de octubre de 2012 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe; hace más de 9 meses; había obtenido el apoyo unánime del resto de los diputados y diputadas para el proyecto de ley (expediente 26252) rubricado por los nombrados e ingresado el día lunes 28 de mayo del año pasado, por el cual propone, después de algunos agregados introducidos en las comisiones internas, modificar el artículo 2º de la Ley de Cupo Femenino N° 10.802, incorporar los artículos 2º, 3º, 4º, 5º, 6º y 7º al citado texto legal y, además, modificar los artículos 14º y 19º de la ley 12367, con el objetivo de “unificar criterios que posibiliten la aplicación efectiva de la Ley de Cupo Femenino N° 10.802 y su reglamentación, brindando un mecanismo institucional que permita corregir el desequilibrio existente en los ámbitos de decisión entre los varones y las mujeres que participan en la política”; comunicando la media sanción a la Cámara de Senadores que, desde hace más de 9 meses, específicamente desde la sesión ordinaria del día jueves 11 de octubre de 2012, como expediente 25711 CD, permanece en estudio en la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General del Senado.
 
Tessa hubiese ocupado la banca de Bielsa, como luego ocupó, sin ningún problema
 
Si esta iniciativa hubiera sido sancionada con fuerza de ley el año pasado por la Legislatura, promulgada y publicada por el Poder Ejecutivo, José María Tessa hubiese ocupado la banca dejada vacante por la renuncia de María Eugenia Bielsa, como efectivamente la ocupó, pero sin ningún inconveniente ni reclamo por parte de ninguna mujer, en este caso específico de Mariana Robustelli, diputada provincial suplente sexta, por la alianza Frente Santa Fe para Todos, en los comicios del 24 de julio de 2011.
 
Y ahora, ante la muerte de De Césaris, la banca le hubiera correspondido a López
 
Y ahora, ante el fallecimiento de la diputada justicialista Silvia De Césaris (PyT-FV), la banca vacante hubiera correspondido a Julio Roberto López sin lugar a reclamo alguno por parte de una mujer, en este caso nuevamente Mariana Robustelli quien alega derechos invocando la Ley N° 10.802 de Cupo Femenino, con idénticos argumentos presentados por ante el presidente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, diputado justicialista Luis Rubeo (KFV), el pasado 28 de febrero de 2013, en ocasión de la renuncia de María Eugenia Bielsa.
 
“La vacante de una candidata mujer será cubierta por otra mujer”
 
“Así, ante las vacantes producidas en las listas de candidatos a integrar cuerpos colegiados por renuncia, fallecimiento, incapacidad sobreviniente o inhabilitación de una candidata mujer, con posterioridad a la oficialización de la lista, al acto eleccionario y/o proclamación de los electos y hasta la asunción de los mismos, serán cubiertas por la candidata que le suceda en el orden de oficialización, produciéndose el corrimiento ascendente con las restantes candidatas mujeres en las listas de titulares y suplentes”.
 
“La que se incorpore deberá pertenecer a la misma fuerza política”
 
“De esta manera, no sólo se subsanaría un vacío legal existente, sino que se garantizaría la integración de las listas y, además, se respetaría el espíritu de la Ley de Cupos y la real participación de la mujer en la actividad política, dando cumplimiento efectivo a la mencionada Ley N° 10.802. La última vacante deberá ser cubierta con la integración de una nueva candidata mujer, cuidando que quien se incorpore pertenezca a la misma fuerza política que produjo la vacante”.
 
“Santa Fe, por la Ley N° 10.802, adoptó la discriminación positiva”
 
“La provincia de Santa Fe adoptó el mecanismo de discriminación positiva y, con la promulgación de la Ley N° 10.802 en el año 1992, se estableció que en la lista de candidatos que presenten los partidos políticos se debe incluir una tercera parte, como mínimo, de candidatas mujeres, en forma intercalada y/o sucesiva”.
 
“Se produjeron controversias judiciales por ciertas lagunas legales”
 
“Sin embargo, y a pesar de la aplicación de la legislación vigente en la Nación y en la provincia de Santa Fe, se produjeron numerosas controversias judiciales por la existencia de lagunas jurídicas no solucionadas a través de la reglamentación pertinente, produciendo variadas y numerosas interpretaciones al respecto”.
 
“Queremos corregir situaciones, como la de la concejala de Rosario”
 
“Con esta nueva normativa se intenta corregir situaciones como las sucedidas en las elecciones generales del año 2011 en la provincia de Santa Fe, particularmente en el Concejo Municipal de la ciudad de Rosario donde ante la renuncia de la tercera concejala electa del PRO, Sofía Alarcón, se originó un debate respecto de quién sería el que ocupara el escaño”.
 
“Un varón reclamó la banca, pero fue respetado el Cupo Femenino”
 
“El cuarto en la lista de candidatos, Marcelo Ayimén, reclamó la banca y solicitó que se respetara su lugar de primer reemplazante. Numerosas voces se alzaron en defensa del cupo femenino planteando que sea Julia Bonifacio quien asuma ese escaño, lo que en definitiva así sucedió”.
 
“Otro caso fue el de Raúl Castells, pero fue rechazado por el INADI”
 
“Otro hecho acontecido y en el cual intervino expresamente el INADI, fue en el que se rechazó la voluntad del líder del MIJD, Raúl Castells, de asumir en la Cámara de Diputados de la Nación, en detrimento de Ramona Pucheta quien fuera electa en la lista de candidatos a diputados nacionales por la provincia de Buenos Aires y que, al formalizar su renuncia, pretendía ser reemplazada por el mencionado dirigente”.
 
“No es sólo el derecho de la candidata, sino del colectivo de mujeres”
 
“El INADI consideró en sus fundamentos que esa maniobra burlaba la Ley de Cupo Femenino mediante un acuerdo previo y, al mismo tiempo, expresó que el Sistema de Cupos supone la garantía de un derecho de incidencia colectiva, en tanto se trata de un bien que escapa a la esfera del individuo para situarse en la esfera social de la comunidad, por lo que no es sólo un derecho de la candidata que renuncia, sino de todo el colectivo de mujeres”.
 
“Se busca corregir el desequilibrio que hay entre varones y mujeres”
 
“Pretendemos, con esta iniciativa, brindar un mecanismo institucional que permita corregir el desequilibrio existente en los ámbitos de decisión entre los varones y mujeres que participan en la política y que integran cuerpos colegiados como la Convención Constituyente, Cámara de Diputados, Concejos Municipales y Comisiones Comunales”.
 
“Queremos unificar criterios y aplicar efectivamente la ley de cupos”
 
“Queremos, en definitiva, unificar criterios que posibiliten la aplicación efectiva de la Ley de Cupo Femenino N° 10.802 y su reglamentación” había argumentado el diputado provincial justicialista Avelino Lago (PyT-FV), acompañado de presidentes y miembros integrantes de distintos bloques legislativos y, además, del presidente del Cuerpo, el proyecto de ley (expediente 26252) que, ingresado el día lunes 28 de mayo de 2012 por mesa de movimiento de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, fuera aprobado por unanimidad en la sesión ordinaria del día jueves 04 de octubre de ese mismo año, comunicando la media sanción al Senado que, formalmente y como expediente 25711 CD, desde la sesión ordinaria del día jueves 11 de octubre del año pasado, hace más de 9 meses, estudia la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe.
 
Con la ley aprobada, Tessa antes y López ahora, hubieran asumido sin problemas
 
Si esta iniciativa hubiera sido sancionada con fuerza de ley por la Legislatura el año pasado, promulgada y publicada por el Poder Ejecutivo, José María Tessa hubiese ocupado la banca dejada vacante por la renuncia de María Eugenia Bielsa, como efectivamente la ocupó, pero sin ningún inconveniente ni reclamos por parte de ninguna mujer, en este caso específico de Mariana Robustelli, diputada provincial suplente sexta, por la alianza Frente Santa Fe para Todos, en los comicios del 24 de julio de 2011.
 
Robustelli, diputada provincial suplente sexta, invoca derechos de cupo femenino
 
Y ahora, ante el fallecimiento de Silvia De Césaris, la banca vacante hubiera correspondido a Julio Roberto López, también sin problemas y sin lugar a reclamo alguno por parte una mujer, en este caso nuevamente Mariana Robustelli quien alega derechos invocando la Ley N° 10.802 de Cupo Femenino, con los mismos argumentos que presentara por ante el presidente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, diputado justicialista Luis Rubeo (KFV), el 28 de febrero de 2013, en ocasión de la renuncia de María Eugenia Bielsa.
 

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