trelew
Masacre de Trelew: perpetua para tres militares
Las condenas fueron para los ex capitanes de
fragataLuis Sosa y Emilio Jorge del Real, y el cabo Carlos Marandino. Además,
fueron absueltos los ex capitanes de navío Jorge Bautista y Rubén Paccagnini.
También se pidió la extradición del represor Roberto Bravo
Audio de Santucho, Vaca Narvaja y Quieto sobre Trelew en 1972, exilados en Cuba. Material inédito recuperado por Revista Crisis.
La Patria Fusilada texto de Paco Urondo, reportaje a los sobrevivientes de la masacre, bajar acá.
acerca del dólar como instrumento de financiamiento interno

Se sucedió a esta circunstancia mucho
terrorismo por parte de los sabios , devaluados , pero sabios al fin, respecto a
una elemental medidad de soberanía monetaria : El financiamiento y
pago de los compromisos intramuros con moneda de emisión
local.
No se trata de una medida coyuntural porque "faltan dólares" , sino de una determinación estructural porque la moneda nacional soberana para la transa doméstica , es el peso.
No se trata de una medida coyuntural porque "faltan dólares" , sino de una determinación estructural porque la moneda nacional soberana para la transa doméstica , es el peso.
Un análisis más comprensivo del tema se lee en
el Newletter de
Analytica:
La pesificación del pago de una deuda en
dólares de la provincia del Chaco desató diversas especulaciones. Si bien la
normativa no es nueva, el mercado debió digerir una vuelta de rosca adicional en
el proceso de pesificación que avanza desde octubre del año pasado.
Concretamente el BCRA había definido a
principios de año (Comunicación “A” 5265 del BCRA, enero) un tratamiento
diferencial para las emisiones locales y las emisiones externas de títulos de
deuda de residentes del sector privado y de los gobiernos locales.
La regulación establece que los deudores
locales de emisiones externas tienen acceso al Mercado Único y Libre de Cambios
(MULC) -esto es al dólar a tipo de cambio oficial- para el pago de servicios de
capital e intereses de su deuda, cuando se trate de emisiones:
a) efectuadas en el extranjero acorde a las
reglamentaciones del país de emisión;
b) que estén sujetas a ley extranjera;
c) que hayan sido ofrecidas y suscriptas
mayormente en el exterior, para lo cual la emisión debe dar cumplimiento a las
reglamentaciones del país de suscripción, y
d) que sean integradas en su totalidad en el
exterior.
El BCRA también ratificó en estos días que
no existe restricción cambiaria alguna para que el Estado Nacional atienda sus
vencimientos de capital e intereses de títulos pagaderos en moneda extranjera,
independientemente del carácter interno o externo de los mismos.
Como excepción a la normativa general
estableció la posibilidad de acceso al MULC para la atención de servicios de
emisiones locales destinadas a financiar obras de infraestructura en el país.
Estas emisiones deben cumplir con determinados requisitos, entre ellos, la
integración de los títulos con divisas en el exterior o con débito bancario
sobre cuentas locales en moneda extranjera.
La normativa vigente no contempla la
posibilidad del acceso al MULC para otro tipo de emisiones locales. Por caso las
emisiones de deuda privada realizadas bajo legislación local. Bajo la normativa
vigente, las empresas que emitieron obligaciones negociables en dólares no
estarían en condiciones de acceder a la divisa para cancelar sus pasivos. Esta
situación abre un nuevo frente de incertidumbre, cuya resolución depende en
última instancia de la voluntad de pago del emisor.
De hecho muchas empresas Pymes en esta
situación han optando por saldar los pasivos con dólar billete (en lugar de
dólares convertidos en pesos al TC oficial) para no defraudar a los inversores.
Obviamente para procurarse esos dólares han tenido que utilizar saldos previos o
realizar operaciones en el mercado de valores todavía permitidas. Recordemos que
el mercado blue, es ilegal a los efectos de estas operaciones.
La deuda pesificada por Chaco corresponde a
una emisión de noviembre de 2006, momento en el cual no regían las restricciones
actuales para el acceso al dólar. De esta forma el inversor que compró este
bono, si bien utilizó pesos, tenía la posibilidad de acceder a dólares en aquel
momento. Actualmente, sólo dos provincias comparten la problemática de Chaco.
Las provincias de Tucumán (con sus TUCS15 y TUCS20) y Formosa (FOMRS20)
totalizan una emision de usd 155 millones.
Dentro de la deuda privada, existen varias
obligaciones negociables emitidas bajo esta modalidad que son poco
significativas en montos.
En este marco es claro que las emisiones en
dólares bajo legislación nacional perderán el atractivo para los inversores. En
su lugar, están surgiendo los instrumentos denominados “dólar linked” (pagaderos
en pesos pero atados al tipo de cambio oficial). De hecho, YPF emitirá deuda en
los próximos meses bajo esta modalidad.
Es cada vez más evidente que la regulación
avanza para abandonar al dólar, en este caso como instrumento de financiamiento
interno. Es un reconocimiento explícito de la autoridad regulatoria que la
principal fuente de financiamiento va a seguir siendo el ahorro doméstico en
pesos. La situación generada esta semana también sienta un importante precedente
para la deuda privada que se rige bajo legislación local. Ante la posibilidad de
acceder a dólares en el MULC por las restricciones del BCRA vigentes, la deuda
privada podría ser pesificada al tipo de cambio oficial.
Dependerá de la voluntad del acreedor, en
última instancia, el reconocimiento de otra relación de cabio o la cancelación
con divisas. No es una cuestión menor para una economía que aún piensa en
dólares.
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