jueves, 22 de agosto de 2013

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La Corte Suprema declaró inaplicables varios puntos de la reforma judicial

El Máximo Tribunal impugnó artículos de las leyes sobre declaraciones juradas de los jueces, el ingreso al Poder Judicial y la publicación de fallos.

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inaplicables varios artículos de tres leyes de la reforma judicial que aprobó el Congreso en el marco de la llamada "democratización de la Justicia" que impulsó el Gobierno, según se publicó anoche en el sitio de internet del máximo tribunal.

A través de tres acordadas, y por unanimidad de los siete jueces, el máximo tribunal impugnó las leyes sobre la declaración jurada de bienes de los jueces, el ingreso al Poder Judicial y la publicación de sentencias de los tribunales.

Respecto de las declaraciones juradas, la Corte sostuvo que la nueva obligación de que los jueces deben presentarla en la Oficina Anticorrupción "constituye una violación de la independencia de los poderes del Estado", por lo que el máximo tribunal seguirá siendo la autoridad de aplicación.

Para la Corte "no resulta admisible que las declaraciones de aquellos pertenecientes al Poder Judicial sean controladas por funcionarios de la Administración Pública".

En otra de las cuestiones, el máximo tribunal también señaló que la Constitución Nacional fija que es la propia Corte la que designa a sus empleados, por lo que el "nuevo régimen legal no resulta aplicable" en su ámbito.

Por último, la Corte sostuvo que la publicación de fallos de los juzgados, cámaras y tribunales "se encuentran ya cumplidos" con la creación de la Dirección de Comunicación Pública y que su difusión se hace a través del Centro de Información Judicial (CIJ).

Estas resoluciones de la Corte se enmarcan en las disposiciones del Alto Tribunal con respecto a la reforma judicial, que llegó a esa instancia para su tratamiento luego de planteos de políticos opositores y organizaciones relacionadas con la Justicia. El antecedente más contundente fue el fallo contrario a la ley de reforma del Consejo de la Magistratura de la Nación, objetada, entre otros, por el presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Jorge Rizzo.

El Gobierno acudió a la Corte mediante un per saltum, luego de una resolución contra la norma emitida por la jueza federal María Servini de Cubría. Finalmente, el máximo tribunal declaró inconstitucional la ampliación del número de miembros del Consejo y la elección de sus miembros -representantes de los distintos sectores del mundo judicial y del poder político- mediante el voto popular, entre otros puntos.

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