El mapa de la radiodifusión dibuja sus nuevas fronteras
Más allá de las últimas discusiones y recursos legales sobre los últimos aspectos a limar, la plena vigencia de la ley ya comenzó a introducir cambios. Un análisis en profundidad de lo que sucederá en los próximos meses en la TV abierta, el cable y la radio.
Por Emanuel Respighi
No será un cambio abrupto, pero sus consecuencias no serán escasas. La paulatina aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual irá modificando la circulación de contenidos culturales en los medios y el consumo audiovisual de los argentinos variará. Superada la discusión política –no así la judicial–, es necesario analizar la manera en la que la legislación pluralizará los contenidos, sumará lenguajes e incorporará jugadores al ámbito de la comunicación. El nuevo modelo televisivo y radial ya se puso en marcha y por estos días se comenzaron a ver los primeros cambios que los licenciatarios empezaron a implementar. Se trata de modificaciones para adaptarse a la ley que, por el momento, se refieren a cuestiones formales. Las relacionadas a los contenidos están por venir. No está mal, entonces, plantear los cambios que la TV y la radio deberán llevar adelante para adecuarse a la tan debatida y politizada Ley 26.522, pero tan poco analizada en relación con cómo circularán los contenidos audiovisuales una vez que la aplicación de la norma sea plena.
Los televidentes y oyentes más agudos se habrán dado cuenta de algunos cambios que la TV abierta y las radios experimentaron en las últimas semanas. Las emisoras televisivas comenzaron a diferenciar los bloques artísticos de la tanda comercial con placas que marcan el comienzo y fin del “espacio publicitario”, tal como exige la ley. De igual manera, el comienzo del horario de protección al menor, a las 22, volvió a remarcarse en pantalla, aunque con nueva leyenda: “Final del horario Apto Para Todo Público”. Claro que es un cumplimiento acorde con estos tiempos: las placas no necesariamente se emiten puntualmente a las 22. Otra consecuencia perceptible es que El Trece y Telefe colocaron en pantalla la hora y la temperatura. Una última placa también se sumó en la semana, la que previo a la difusión de avances informativos, contenidos noticiosos o de alto impacto informa “Atención: Contenido no apto para niñas, niños o adolescentes”.
La próxima novedad es el reordenamiento de la grilla en los servicios de TV paga, que entrará en vigencia desde el próximo viernes. Según estipuló la Autoridad Federal de servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), los operadores deberán ajustar las señales de forma tal que “todas aquellas que correspondan al mismo rubro de programación se encuentren ubicadas en forma correlativa”. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el GBA, la grilla quedará así: el Canal 2 para la señal de generación propia; el 3 para TN, el 4 para C5N, el 6 para Crónica TV, el 7 para Canal 26, el 8 para CN23, el 9 para América TV, el 10 para Telefe, el 11 para Canal 7, el 12 para El Trece, el 13 para Canal 9 y el 14 para Encuentro.
Luego de los canales de noticias nacionales y las emisoras abiertas nacionales y locales, los operadores deberán programar a partir de la frecuencia 15 las señales deportivas; luego las infantiles comenzando por Paka Paka; más atrás las periodísticas internacionales, con Telesur a la cabeza; y las restantes señales agrupadas por género, “comenzando si existiese por la señal del género del bloque producida por el Estado nacional o donde éste sea parte”. Con la reglamentación de la legislación, los operadores de TV por suscripción están obligados a incorporar a su oferta, sin codificar, las emisiones y señales de Radio Televisión Argentina Sociedad del Estado, todas las emisoras y señales públicas del Estado nacional y todas aquellas en las que el Estado participe.
Cambia, todo cambia
Más allá de estas formalidades, las mayores transformaciones del mapa televisivo se refieren al origen y al tipo de producción de los programas en el mediano plazo. Se calcula que en dos años los televidentes notarán sustancialmente una variación de las obras audiovisuales ofrecidas. La regulación de los contenidos que prevé la ley modifica la circulación de bienes culturales-informativos por la TV, fijando cuotas de pantalla que buscan pluralizar la oferta e incrementar las producciones locales, regionales y nacionales, propias y de terceros. En la TV de la nueva década, los productores independientes más pequeños tendrán una puerta de acceso más sencilla para insertar sus programas en la pantalla chica. Donde más se sentirá el cambio es en el interior del país, donde los canales locales ya no podrán abastecerse casi full time de la programación de Telefe y El Trece y se verán en la necesidad de aumentar la producción propia y la independiente local, lo que terminará por descentralizar el sistema televisivo vigente durante años en Argentina (ver aparte).
La nueva legislación, en su artículo 65, estipula que los cinco canales de TV abierta actuales deberán programar un mínimo del 60 por ciento de producción nacional, un piso de 30 por ciento de producción propia que incluya informativos y por lo menos un 30 por ciento de producción local independiente. Si se tiene en cuenta el relevamiento del trimestre marzo-abril-mayo publicado en el Informe de Contenidos de la Televisión Abierta Argentina, difundido la semana que pasó por la Afsca, se concluye que ni El Trece ni Telefe ni el 9 ni el 7 ni América tienen inconvenientes respecto de la producción nacional requerida. Sin embargo, en materia de producción propia, Telefe y Canal 9 son los que mayores esfuerzos deberán hacer, ya que el primero sólo produce el 14 por ciento de los contenidos que emite, mientras que el segundo llega al 20 por ciento. El 35 por ciento de producción propia que emite Canal 7 convierte a la señal pública en la única dentro de la ley en este punto, aunque El Trece y América, ambos con el 29 por ciento de producción in house, están cerca de lograrlo.
En cuanto a la producción de terceros, nuevamente Telefe (21 por ciento) y el 9 (12 por ciento) deberán modificar sustancialmente sus grillas e incorporar contenidos de productoras independientes, aunque en esta categoría también se suma El Trece, que apenas cubre el 13 por ciento de su grilla con producciones externas. En este punto, vale señalar que el marco jurídico aprobado diferencia entre la producción independiente y la producción vinculada (que se refiere a contenidos realizados por empresas con vinculación jurídica societaria o comercial, no ocasional, con los licenciatarios). Por tal motivo, la enorme cantidad de horas que Pol-Ka e Ideas del Sur le abastecen a El Trece no cuentan como producciones independientes, ya que el Grupo Clarín posee el 55 por ciento de la primera productora, y el 30 por ciento de la segunda.
El dolor de cabeza se incrementa aún más para las productoras de Adrián Suar y de Marcelo Tinelli ya que la normativa también prohíbe que un mismo licenciatario adquiera la totalidad de los contenidos que genere una productora asociada. Actualmente, todos los programas de Ideas del Sur y de Pol-Ka se emiten por El Trece, por lo que las productoras deberán ofrecer alguna producción a otros licenciatarios.
Las restricciones no se limitan al origen de la producción, sino también al tipo de programas. En este aspecto, la TV abierta contará en el mediano plazo con mayor espacio para la cinematografía nacional y la programación infantil, a la que protege e incentiva a través de la tipificación de cuotas de pantalla. Siguiendo el modelo impuesto en Francia, el artículo 67 establece una cuota de pantalla de cine y artes audiovisuales nacionales, que exige que “los canales de TV abierta deberán exhibir en estreno televisivo en sus respectivas áreas de cobertura, y por año calendario, ocho largometrajes nacionales, pudiendo optar por incluir en la misma cantidad hasta tres telefilms nacionales, en ambos casos producidos mayoritariamente por productoras independientes nacionales, cuyos derechos de antena hayan sido adquiridos con anterioridad a la iniciación de rodaje”.
La cláusula que pretende promover la industria cinematográfica nacional también abarca a la TV por suscripción, ya que especifica que “los canales de TV paga y los de TV abierta cuya área de cobertura comprenda menos del 20 por ciento de la población del país podrán optar por cumplir la cuota de pantalla adquiriendo, con anterioridad al rodaje, derechos de antena de películas y telefilms nacionales producidos por productoras independientes nacionales, por el valor de 0,50 por ciento de la facturación bruta anual del año anterior”.
La cuota de programación infantil, que durante años los canales abiertos habían abandonado y cedido a la TV paga, fijó tres horas diarias de transmisión de material audiovisual específico para niños y niñas, de las cuales la mitad deben ser de producción nacional. Hasta mayo, más del 50 por ciento del tiempo de emisión de infantiles en los canales capitalinos provenía de EE.UU. (desde hace una semana El Trece repuso Piñón Fijo es mi nombre e Hijitus). Además, la ley prohíbe la participación de niños o niñas menores de 12 años en programas que se emitan entre las 22 y las 8, salvo que hayan sido grabados fuera de ese horario, circunstancia que se deberá mencionar durante su emisión. Como ya lo realizan las señales de cine del cable, antes del inicio de los programas que no fuesen aptos para todo público, y con el comienzo de cada bloque, los canales de TV deberán emitir la calificación del contendido, de acuerdo con las categorías establecidas por la Afsca.
Todas las voces, todas
En continuidad con Fútbol para todos, el artículo 77 garantiza por TV abierta “los contenidos informativos de interés relevante y de acontecimientos deportivos, encuentros futbolísticos u otro género o especialidad”. El criterio para que un evento sea considerado de interés general por la Afsca deberá surgir de tres elementos: que tradicionalmente haya sido transmitido por TV abierta; que despierte atención de relevancia sobre la audiencia y que se trate de un acontecimiento de importancia nacional o de uno internacional relevante, con una participación de representantes argentinos en calidad o cantidad significativa.
Las transformaciones en el cable no se reducen a la grilla. Para garantizar el acceso a los servicios de comunicación, la legislación determina a los prestadores de servicios de TV paga disponer de un abono social, cuya oferta de señales y precio estará sujeta a las conclusiones de audiencias públicas y de la Afsca. El paquete de canales del abono social deberá ser ofrecido a todos los prestadores a precio de mercado y en las mismas condiciones en todo el país. Este artículo viene a cuenta de que en muchos lugares del territorio argentino, el cableoperador es el único servicio que existe para mirar TV. Además de que los operadores de TV paga deben incluir los servicios de TV abierta del área de prestación y una señal de producción nacional propia, la ley determina que los operadores deberán incluir en su grilla un mínimo de canales originados en países del Mercosur y/o latinoamericanos con los que el país haya suscripto o suscriba a futuros convenios. Esa cuota mínima de canales de la región aún no fue determinada.
La publicidad audiovisual tampoco quedó exenta del marco jurídico. Una vez que se aplique, la reglamentación estipula que todos los avisos deberán ser de producción nacional cuando fueran emitidos por los servicios de radiodifusión abierta o en los canales o señales propias de los servicios por suscripción, o insertas en las señales nacionales. A su vez, la ley fija un tope de publicidad de doce minutos por hora de emisión para la TV y de 14 para la radio. Es importante señalar que la limitación publicitaria afecta notoriamente a programas como Showmatch, plagados de Publicidad No Tradicional (PNT), ya que en ese tiempo máximo incluye la tanda comercial propiamente dicha y este tipo de anuncios. En la TV paga, los operadores sólo podrán insertar publicidad en la señal correspondiente al canal de generación propia.
En conjunto con el límite que la ley pone a las redes de radio y TV, puntualizando que la emisora adherida no puede cubrir con esas programaciones de “cabecera” más del 30 por ciento de sus emisiones diarias (a excepción de los servicios de titularidad del Estado nacional, provinciales y universidades), el hecho de que los canales y radios del interior deban mantener el ciento por ciento de los derechos de contratación sobre la publicidad en sus espacios hará que los anunciantes más importantes tengan que pautar en medios locales si quieren garantizarse una penetración federal. Incluso, como la otra condición para que los medios transmitan en red es que mantengan un servicio de noticias local y propio en horario central, cae de maduro que toda producción local se emitirá en el horario de mayor audiencia, por lo que se prevé que el prime time capitalino –hoy replicado en todo el país– vea reducido su espacio fuera del área de cobertura.
Al enfocar la mirada en la radio, se puede decir que la ley busca sumar artistas y discursos independientes al éter, con preponderancia de la producción de música y contenidos nacionales. Los servicios de radiodifusión sonora, privados y estatales, deberán emitir un mínimo de 70 por ciento de producción nacional, y un mínimo del 50 por ciento de producción propia que incluya noticieros o informativos locales. Pero además impone una cuota de contenidos beneficiosa para la cultura nacional: el 30 por ciento de la música deberá ser de origen nacional, de autores o intérpretes argentinos, cualquiera sea el tipo de música, por cada media jornada de transmisión. La norma explicita que la Afsca podrá eximir de esta obligación a emisoras dedicadas a colectividades extranjeras o a emisoras temáticas.
Ese no es el único beneficio para la cultura nacional. El aspecto más revolucionario de la legislación en relación con la radio, dada la circulación musical que las emisoras establecen en conjunto con las discográficas, es que contempla un espacio a los músicos independientes. “Esta cuota de música nacional –agrega el artículo 65– deberá ser repartida proporcionalmente a lo largo de la programación, debiendo asegurar la emisión de un 50 por ciento de música producida en forma independiente donde el autor y/o intérprete ejerza los derechos de comercialización de sus fonogramas mediante la transcripción de los mismos por cualquier sistema de soporte teniendo la libertada absoluta para explotar y comercializar su obra.”
Si la ley logra implementarse en forma plena, la producción nacional, los productores independientes, el cine y la música nacionales se beneficiarán. La duda pasa por lograr que el camino hacia la pluralidad y diversidad discursiva e informativa sea recorrido con la calidad como bandera. Recién entonces el marco regulatorio que tanto costó conseguir podrá transformarse en una de las construcciones más relevantes de la democracia.
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