miércoles, 30 de octubre de 2013

sigue sangrando perfil

Cómo es el escenario judicial y político tras el fallo de la Corte

Quién ejecutaría la sentencia. Las alternativas de Clarín. El criterio de la Corte y los eventuales reclamos de consumidores.

  • Por Natalia Aguiar (*) | 29/10/2013 | 22:00
                                                           

En un momento político clave, tras la derrota del kirchnerismo en las elecciones del domingo, con una clara estrategia discursiva y escasa claridad jurídica por momentos, la Corte Suprema resolvió la constitucionalidad de la Ley de Medios con una mayoría desdoblada y votos disidentes.

El presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, logró por un lado, la mayoría de los votos, seis a uno, por la constitucionalidad de la norma, en base a que “se trata de una facultad del Congreso, cuya oportunidad y conveniencia no es materia de los jueces”. El ministro Carlos Fayt, votó en disidencia y defendió, con su planteo, la inconstitucionalidad de los cuatro artículos impugnados por el Grupo Clarín: el 41, 45, 48 y 161.

Por otro lado, Lorenzetti logró cuatro votos por la constitucionalidad de los artículos impugnados, junto a Eugenio Zaffaroni, Elena Highton de Nolasco, y Enrique Petracchi. Carmen Argibay y Juan Carlos Maqueda plantearon una disidencia parcial. Fayt, absoluta.
Según apuntaron fuentes judiciales, la derrota que la Casa Rosada presumía en las elecciones habría sido determinante para “negociar el fallo por la Ley de Medios”.

Para la Corte, el AFSCA no aplicó la ley aún ni para Clarín ni para otro Grupo empresario de medios y eso lo deja expresado en su sentencia. Además, exhorta al organismo a que sea "un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto del gobierno como de otros grupos de presión".
Fundamentos. La mayoría de los ministros, a excepción de Carlos Fayt, evitaron resolver sobre la afectación de la libertad de expresión porque consideraron que ese tema no estaba planteado en el litigio y omitieron referirse a la incongruencia de la aprobación de la ley 26.522, y el posterior Decreto de Necesidad y Urgencia 527/05, que extendió el plazo de las licencias otorgadas al Grupo Clarín, aunque allegados a los ministros advierten que, para la mayoría de ellos, se trataría de “un tema sensible”, por lo que decidieron evitarlo. Este análisis favorece la postura del Grupo Clarín respecto los plazos de desinversión extendidos por ese DNU.

Allegados a los ministros de la Corte explicaron a Perfil.com que para la mayoría de ellos, los artículos impugnados serían inconstitucionales, pero que ante la discusión que desató la contienda decidieron poner en práctica el principio de que "ante la duda por la inconstitucionalidad, prima el principio de constitucionalidad de la norma y lo impugnado".

La adecuación. El juego técnico-jurídico y político abre miles de posibilidades procesales ante la Justicia y ante la administración pública, el AFSCA. Ambas partes (AFSCA y Grupo Clarín) podrían llegar a un acuerdo como por ejemplo lo haría el Grupo Vila-Manzano, que presentó un plan de desinversión bajo la titularidad de familiares. Si esto es aprobado, Clarín tendría esta posibilidad también como los tantos grupos mediáticos bajo la regulación estatal.
El máximo tribunal omitió establecer si el Grupo Clarín tiene un año de plazo para desinvertir y delega la resolución al AFSCA, con una táctica disuasoria.

La Corte, sin expresarlo, encubre la posibilidad de que la causa vuelva a primera instancia, a cargo del juez Horacio Alfonso, y que sea él el encargado de ejecutar la sentencia. En esa instancia, el Grupo Clarín podrá objetar la ejecución. De ser así, la causa volvería a resolución de la Corte ya en etapa de aplicación de la norma.

Además, para ese entonces empezará a sesionar el nuevo Congreso conformado a partir del domingo pasado, lo que abre una nueva instancia de acuerdos o modificaciones de la ley.
En contra. Para el constitucionalista Félix Loñ, la Corte ha retrocedido en la jurisprudencia y contraría cánones internacionales.
En tanto, el jurista Andrés Gil Domínguez, aseguró que con este fallo la Corte “puso en riesgo la seguridad jurídica de nuestro país". "Para cuatro de los siete ministros, si el Congreso aprueba una ley que otorga derechos y luego decide cambiarlos, los derechos adquiridos y la propiedad privada de los inversores podrían modificarse sin resguardo de derechos y garantías constitucionales”, explicó.

La Corte no cumplió con los cánones internacionales de la Corte Interamericada de Derechos Humanos”, consideró Gil Domínguez. “El Grupo Clarín podría apelar la medida en el fuero internacional donde podría adquirir una medida cautelar de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que frene el fallo de la Corte argentina”, evaluó.

Para otros especialistas, el fallo de la Corte habilita un millar de juicios de consumidores de Cablevisión por la afectación de sus derechos, lo que beneficiaría a Clarín. La causa tomará otra fuerza a nivel internacional si el Grupo Clarín recurre la resolución ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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