PRESIÓN IMPOSITIVA RÉCORD
Insólito: habrá que pagar impuestos por empleadas domésticas aunque no se las contrate
Es por una resolución de la AFIP. Tomará el mismo parámetro que se usa para cobrar Bienes Personales y que está desactualizado. Por eso, la medida afectará especialmente a la clase media.
La creación de nuevos impuestos y la falta de actualización de las bases para calcular otros llevaron al Gobierno nacional a conseguir un récord: el de la presión impositiva. Ahora, la cifra seguirá creciendo, pero con una medida insólita: habrá que pagar impuestos por empleadas domésticas aunque no se las contrate. La decisión quedó plasmada en la víspera del Día del Trabajador y afectará a miles de habitantes de ingresos medios y altos.
Los parámetros plasmados en la Resolución General 3492 de la AFIP, pubilcada ayer en el Boletín Oficial, prevé que quienes perciban ingresos por $ 500.000 al año o tengan un patrimonio de $ 305.000 o más --con un departamento de dos ambientes, por ejemplo, se alcanza esa cifra-- pagarán impuetos porque la Administración Federal Ingresos Públicos (AFIP) presumirá que ese contribuyente cuenta con personal de servicio doméstico en su casa. En ese caso, aunque no haya una empleada declarada (porque se evade la ley o porque realmente no se contrató una empleada doméstica), el organismo estará en condiciones de determinar de oficio una deuda por aportes y contribuciones a la seguidad social.
La nueva norma incluye a las personas físicas o familias en un régimen que hasta ahora estaba previsto para empresas, basado en "indicadores mínimos de trabajadores" en función de las actividades y movimientos que hacía esa firma.
El nuevo régimen de presunción sobre trabajo en casas de familia regirá desde las próximas horas. Pero habrá tiempo hasta junio para registrar las relaciones de trabajo en casas particulares hoy existentes.
El parámetro de $ 305.000 de patrimonio es el mismo que se utiliza para calcular el impuesto a los Bienes Personales, llamado informalmente en su origen "impuesto a la riqueza". Pero como el Gobierno no actualiza ese monto desde 2007, pese a que desde entonces se acumula una inflación de más del 150%, el parámetro fue alcanzando cada vez más a trabajadores de clase media y menos también. Hoy, con un departamento chico ya se puede llegar a ese monto y quedar alcanzado por la AFIP. Con la nueva resolución, entonces, ya no sólo habrá que pagar por Bienes Personales sino también por una empleada doméstica, se la haya contratado o no.
en activos que sí están gravados (es un monto que no se actualiza desde 2007, pese a que desde entonces se acumuló una suba de precios de alrededor de 170 por ciento). En cambio, a los fines de la presunción de empleo doméstico se considerarán los valores de todos los bienes (incluso los exentos) para ver si se llega a los ya mencionados $ 305.000.
En la declaración de patrimonios a la AFIP se considera, en el caso de los inmuebles, el valor de la escritura menos una amortización anual de 2% y se lo compara con la valuación fiscal consignada en las boletas de impuestos municipales. De ambos números, se opta por el más elevado.
"La AFIP está considerando que esas personas [a las que define en la resolución] tienen capacidad económica para pagar", explicó a LA NACION Marina Parera, tributarista especializada en seguridad social y miembro de la Asociación Argentina de Estudios Fiscales, quien agregó que, en la práctica, no necesariamente existe la capacidad de pago por el hecho de tener un determinado patrimonio.
Parera también observó que para la determinación de posibles deudas no está claro qué período previo se tomará en cuenta. La tributarista explicó que, en caso de no tener servicio doméstico y recibir una notificación de la AFIP, deberá presentarse una impugnación de la deuda para defenderse. El sistema prevé que, ante la presunción de trabajadores no declarados, las empresas, o en este caso los ciudadanos, deben demostrar que no le corresponde la deuda que se les imputa, que incluye las cargas por multas e intereses.
La normativa de la AFIP aclara que se exceptuará de este sistema de controles a las personas físicas que tengan empleados declarados bajo el régimen regular de contrato de trabajo.
El régimen de trabajo en casas de familia prevé un pago mensual de aportes y contribuciones que a partir de este mes -el pago vence en junio- se elevará de $ 95 a $ 135. De ese monto, $ 35 se destinan al financiamiento de la futura jubilación y $ 100 (hasta el mes pasado eran $ 60) van a la obra social.
Los parámetros plasmados en la Resolución General 3492 de la AFIP, pubilcada ayer en el Boletín Oficial, prevé que quienes perciban ingresos por $ 500.000 al año o tengan un patrimonio de $ 305.000 o más --con un departamento de dos ambientes, por ejemplo, se alcanza esa cifra-- pagarán impuetos porque la Administración Federal Ingresos Públicos (AFIP) presumirá que ese contribuyente cuenta con personal de servicio doméstico en su casa. En ese caso, aunque no haya una empleada declarada (porque se evade la ley o porque realmente no se contrató una empleada doméstica), el organismo estará en condiciones de determinar de oficio una deuda por aportes y contribuciones a la seguidad social.
La nueva norma incluye a las personas físicas o familias en un régimen que hasta ahora estaba previsto para empresas, basado en "indicadores mínimos de trabajadores" en función de las actividades y movimientos que hacía esa firma.
El nuevo régimen de presunción sobre trabajo en casas de familia regirá desde las próximas horas. Pero habrá tiempo hasta junio para registrar las relaciones de trabajo en casas particulares hoy existentes.
El parámetro de $ 305.000 de patrimonio es el mismo que se utiliza para calcular el impuesto a los Bienes Personales, llamado informalmente en su origen "impuesto a la riqueza". Pero como el Gobierno no actualiza ese monto desde 2007, pese a que desde entonces se acumula una inflación de más del 150%, el parámetro fue alcanzando cada vez más a trabajadores de clase media y menos también. Hoy, con un departamento chico ya se puede llegar a ese monto y quedar alcanzado por la AFIP. Con la nueva resolución, entonces, ya no sólo habrá que pagar por Bienes Personales sino también por una empleada doméstica, se la haya contratado o no.
en activos que sí están gravados (es un monto que no se actualiza desde 2007, pese a que desde entonces se acumuló una suba de precios de alrededor de 170 por ciento). En cambio, a los fines de la presunción de empleo doméstico se considerarán los valores de todos los bienes (incluso los exentos) para ver si se llega a los ya mencionados $ 305.000.
En la declaración de patrimonios a la AFIP se considera, en el caso de los inmuebles, el valor de la escritura menos una amortización anual de 2% y se lo compara con la valuación fiscal consignada en las boletas de impuestos municipales. De ambos números, se opta por el más elevado.
"La AFIP está considerando que esas personas [a las que define en la resolución] tienen capacidad económica para pagar", explicó a LA NACION Marina Parera, tributarista especializada en seguridad social y miembro de la Asociación Argentina de Estudios Fiscales, quien agregó que, en la práctica, no necesariamente existe la capacidad de pago por el hecho de tener un determinado patrimonio.
Parera también observó que para la determinación de posibles deudas no está claro qué período previo se tomará en cuenta. La tributarista explicó que, en caso de no tener servicio doméstico y recibir una notificación de la AFIP, deberá presentarse una impugnación de la deuda para defenderse. El sistema prevé que, ante la presunción de trabajadores no declarados, las empresas, o en este caso los ciudadanos, deben demostrar que no le corresponde la deuda que se les imputa, que incluye las cargas por multas e intereses.
La normativa de la AFIP aclara que se exceptuará de este sistema de controles a las personas físicas que tengan empleados declarados bajo el régimen regular de contrato de trabajo.
El régimen de trabajo en casas de familia prevé un pago mensual de aportes y contribuciones que a partir de este mes -el pago vence en junio- se elevará de $ 95 a $ 135. De ese monto, $ 35 se destinan al financiamiento de la futura jubilación y $ 100 (hasta el mes pasado eran $ 60) van a la obra social.
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