Política
Ley de medios
Coinciden constitucionalistas en que el fallo de la Corte pone en crisis el 7D
Por Alejandro Alfie
Destacaron que puso un límite a la intención oficial de avanzar de oficio sobre los medios audiovisuales.
El fallo de la Corte “ desarmó el demencial aparato que montó el Gobierno en torno al 7D”, aseguró el constitucionalista Félix Loñ. Y agregó que, con su resolución, la Corte Suprema “puso paños fríos sobre lo que parecía un incendio”.
Es que la máxima instancia judicial desmintió el discurso del Gobierno sobre el mítico 7D y le ordenó, el martes, al juez Horacio Alfonso “el inmediato dictado de una sentencia definitiva”, pues “la falta de un pronunciamiento final como el indicado dentro de un plazo razonable implica una clara denegación de Justicia, derecho que asiste a todos los ciudadanos del país”. A la vez, dispuso ayer que la Cámara se expida sobre la prórroga de la medida cautelar planteada por Clarín . “Hay que señalar la bochornosa actuación del Gobierno, que intentó desguazar la Cámara, al denigrar y amenazar a jueces de la Cámara Federal en lo Civil y Comercial, asumiendo una conducta insólita en un gobierno constitucional y democrático”, dijo Loñ.
En línea con ese razonamiento, los constitucionalistas coincidieron en destacar que el fallo de la Corte le puso un límite a los avances del Gobierno, que venía actuando como si la Justicia hubiera resuelto a su favor el juicio sobre la inconstitucionalidad de algunos artículos de la ley de medios, siendo que todavía no hay sentencia en la causa iniciada por el Grupo Clarín .
“A partir de este claro mandato de la Corte, antes del 7 de diciembre tendría que haber sentencia”, planteó Mario Midón, presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional. Las alternativas son “que se declaren inconstitucionales algunos artículos de la ley, en cuyo caso el Estado va a apelar; mientras que si el juez considera constitucionales las cláusulas impugnadas por Clarín , el afectado recurrirá esa determinación, lo cual implica la suspensión de la sentencia dictada y la continuación de la medida cautelar”. Para Midón, eso significaría que “el 7 de diciembre no es un término definitivo y último, porque al haber sentencia con antelación, la cuestión va a seguir ante la Cámara y eventualmente ante la Corte Suprema, de aplicarse el per saltum”.
José Miguel Onaindia destacó la “importancia” que tuvo el fallo de la Corte en “remarcar la denegación de justicia ” que habría en caso que no haya un fallo de fondo. “Esa demora en dictar sentencia fue por el mal funcionamiento del Consejo de la Magistratura y las presiones del Gobierno sobre los jueces, que hicieron que en tres años no hubiera un fallo de primera instancia”, dijo Onaindia. Y agregó que el fallo de la Corte Suprema deja “abierta una incógnita: ¿Qué pasa si el 7 de diciembre no existe el fallo de fondo?
La Corte no aclaró qué consecuencias trae esa denegatoria de Justicia ”, sostuvo Onaindia.
Daniel Sabsay comentó que si no hubiera fallo de fondo o prórroga de la cautelar, “la situación de nebulosa sería total”. Se mostró “preocupado”, ya que la Corte “no reaccionó frente al desmantelamiento del fuero Civil y Comercial Federal, a través de la recusación y la denuncia de once jueces, lo cual no fue objeto de ningún señalamiento por parte de la Corte como para que se impida que continúen con este tipo de actitudes que atentan contra la Justicia”. Pese a ello, Sabsay afirmó que la Corte tomó decisiones para “reconstituir las instancias inferiores, dando directivas para que las resoluciones fueran lo más rápidas posibles y se impida que se cometan argucias para dilatar el proceso”.
Andrés Gil Domínguez afirmó que “la Corte ha sido muy clara al establecer que si no se dicta un fallo de fondo en primera instancia o si la Cámara no resuelve la ampliación de la cautelar que pidió Clarín , no se puede aplicar la cláusula de desinversión, porque sería denegación de justicia. La Corte sostuvo que se tiene que resolver la causa de fondo en un plazo razonable, para que no se torne algo abstracto o de imposible cumplimiento. De modo que si se aplicara la cláusula de desinversión antes del fallo de fondo sería una denegación de Justicia”.
Es que la máxima instancia judicial desmintió el discurso del Gobierno sobre el mítico 7D y le ordenó, el martes, al juez Horacio Alfonso “el inmediato dictado de una sentencia definitiva”, pues “la falta de un pronunciamiento final como el indicado dentro de un plazo razonable implica una clara denegación de Justicia, derecho que asiste a todos los ciudadanos del país”. A la vez, dispuso ayer que la Cámara se expida sobre la prórroga de la medida cautelar planteada por Clarín . “Hay que señalar la bochornosa actuación del Gobierno, que intentó desguazar la Cámara, al denigrar y amenazar a jueces de la Cámara Federal en lo Civil y Comercial, asumiendo una conducta insólita en un gobierno constitucional y democrático”, dijo Loñ.
En línea con ese razonamiento, los constitucionalistas coincidieron en destacar que el fallo de la Corte le puso un límite a los avances del Gobierno, que venía actuando como si la Justicia hubiera resuelto a su favor el juicio sobre la inconstitucionalidad de algunos artículos de la ley de medios, siendo que todavía no hay sentencia en la causa iniciada por el Grupo Clarín .
“A partir de este claro mandato de la Corte, antes del 7 de diciembre tendría que haber sentencia”, planteó Mario Midón, presidente de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional. Las alternativas son “que se declaren inconstitucionales algunos artículos de la ley, en cuyo caso el Estado va a apelar; mientras que si el juez considera constitucionales las cláusulas impugnadas por Clarín , el afectado recurrirá esa determinación, lo cual implica la suspensión de la sentencia dictada y la continuación de la medida cautelar”. Para Midón, eso significaría que “el 7 de diciembre no es un término definitivo y último, porque al haber sentencia con antelación, la cuestión va a seguir ante la Cámara y eventualmente ante la Corte Suprema, de aplicarse el per saltum”.
José Miguel Onaindia destacó la “importancia” que tuvo el fallo de la Corte en “remarcar la denegación de justicia ” que habría en caso que no haya un fallo de fondo. “Esa demora en dictar sentencia fue por el mal funcionamiento del Consejo de la Magistratura y las presiones del Gobierno sobre los jueces, que hicieron que en tres años no hubiera un fallo de primera instancia”, dijo Onaindia. Y agregó que el fallo de la Corte Suprema deja “abierta una incógnita: ¿Qué pasa si el 7 de diciembre no existe el fallo de fondo?
La Corte no aclaró qué consecuencias trae esa denegatoria de Justicia ”, sostuvo Onaindia.
Daniel Sabsay comentó que si no hubiera fallo de fondo o prórroga de la cautelar, “la situación de nebulosa sería total”. Se mostró “preocupado”, ya que la Corte “no reaccionó frente al desmantelamiento del fuero Civil y Comercial Federal, a través de la recusación y la denuncia de once jueces, lo cual no fue objeto de ningún señalamiento por parte de la Corte como para que se impida que continúen con este tipo de actitudes que atentan contra la Justicia”. Pese a ello, Sabsay afirmó que la Corte tomó decisiones para “reconstituir las instancias inferiores, dando directivas para que las resoluciones fueran lo más rápidas posibles y se impida que se cometan argucias para dilatar el proceso”.
Andrés Gil Domínguez afirmó que “la Corte ha sido muy clara al establecer que si no se dicta un fallo de fondo en primera instancia o si la Cámara no resuelve la ampliación de la cautelar que pidió Clarín , no se puede aplicar la cláusula de desinversión, porque sería denegación de justicia. La Corte sostuvo que se tiene que resolver la causa de fondo en un plazo razonable, para que no se torne algo abstracto o de imposible cumplimiento. De modo que si se aplicara la cláusula de desinversión antes del fallo de fondo sería una denegación de Justicia”.
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