lunes, 10 de febrero de 2014

El cepo cambiario Sin previo aviso, la AFIP restringió la compra de dólares para ahorrar

El cepo cambiario

Sin previo aviso, la AFIP restringió la compra de dólares para ahorrar

En el segundo mes de operaciones, muchos ahorristas pudieron comprar menos dólares; advierten que la AFIP usa criterios arbitrarios
Por   | LA NACION
La ilusión de poder hacerse de dólares para ahorro en el mercado oficial de cambios para muchos quedó trunca ya en el segundo intento. Sin admitirlo públicamente, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) acotó arbitrariamente en febrero los límites que aplica a la compra de dólares, tanto para algunos monotributistas como para empleados en relación de dependencia, según pudo confirmar LA NACION con distintos ahorristas.
Según la fórmula que había difundido el equipo económico en su momento, los trabajadores, monotributistas y autónomos bancarizados que tuvieran como mínimo un ingreso mensual de 7200 pesos podrían comprar dólares en el mercado oficial por el equivalente al 20% de sus ingresos. Si retiran los billetes, deben pagar 20% de recargo a cuenta del impuesto a las ganancias. Son exceptuados de pagar esa suma en el caso de que dejen los dólares depositados en una cuenta.
En la última semana de enero, cuando se levantó parcialmente el cepo cambiario, la fórmula pareció aplicarse casi sin condicionamientos. Sin embargo, en febrero, el segundo mes de aplicación, la situación se modificó para muchos contribuyentes.
"La arbitrariedad volvió a primar en los sistemas de la AFIP", resumió un ejecutivo de un banco nacional, que pidió no ser identificado. "La fórmula del 20% del ingreso que habían anunciado no se aplica para todos", agregó.
Martina G., de 30 años, es monotributista y está registrada en la categoría F, que contempla a quienes tienen ingresos de hasta $ 142.000 por año. Debería poder comprar dólares a la cotización oficial por el equivalente a casi 2400 pesos (unos US$ 300), según la fórmula oficial.
En enero, relata la profesional, no tuvo problemas. Pero una semana más tarde, en febrero, la página web de la AFIP apenas la habilitó a comprar divisas para atesoramiento por el equivalente a 1440 pesos o 180 dólares (lo que representa poco más de 12% de sus ingresos a un tipo de cambio de 9,40, según el cierre del viernes e incluyendo 20% de recargo ). En el medio, nada había cambiado de su categoría como monotributista.
"Lo curioso -comenta la profesional, que provee servicios de consultoría- es que yo hice el trámite en la página web apenas empezó febrero. Ahí me autorizaron 2400 pesos. Pero como no pude comprar, se me venció el papel. Y cuando probé de vuelta, en la misma semana, me autorizaron a comprar sólo 1440 pesos. Algo cambió a mitad de la semana pasada."
Pero el nuevo torniquete no sólo lo sintieron los monotributistas. Al menos cinco empleados en relación de dependencia relataron situaciones similares. "El mes pasado pude comprar poco más de 16.000 pesos. Este mes sólo me habilitaron el 30% de ese monto, con lo cual sólo compré unos 600 dólares, que equivalen a unos 5000 pesos. Y acá, a varios empleados que ganamos parecido les pasó lo mismo, les vendieron muchísimo menos que en enero", confió Juan D., ejecutivo de una entidad financiera.
LA NACION llamó tres veces a la AFIP para conocer su versión, pero en el organismo recaudador no dieron explicaciones ni desmintieron la información.
El organismo publica en su página de Internet que, para la compra de dólares para atesoramiento, la fórmula contempla un promedio del ingreso de los últimos 12 meses. Con lo cual, en el caso de los monotributistas -a los que les corresponde el 20% de la facturación máxima establecida en la categoría en la cual están registrados-, no debería haber modificaciones de un mes a otro, ya que hasta ahora la AFIP tampoco modificó las escalas. Mientras que entre los empleados en relación de dependencia, al tratarse de promedio de 12 meses, la variación también debería ser mínima.
Tampoco podría esgrimirse que, como bajó el dólar -pasó en una semana de $ 8,02 a $ 7,88, el viernes pasado-, la AFIP redujo los montos validados a cada trabajador, ya que originalmente la capacidad de compra se calcula en función de los ingresos, que en todos los casos son en pesos. Con lo cual, en moneda local, los montos validados deberían mantenerse constantes, siempre que no varíen fuertemente los ingresos de un individuo.
Lo que llamó la atención de muchos operadores en el sistema financiero es también la arbitrariedad de la metodología de la AFIP, ya que no es que ajustó los límites de compra de dólares para atesoramiento de manera generalizada ni con un criterio uniforme, sino que se valió de una fórmula poco clara que no respeta la publicada en su sitio web.
Según informó el organismo recaudador, en enero se les validaron operaciones a 302.578 individuos por $ 1208 millones. Pero sólo el 59% de los trabajadores concretó la transacción. Hasta el viernes pasado, en tanto, la AFIP había validado operaciones este mes por $ 798,8 millones, de los cuales casi 80% terminó comprando los dólares, por el equivalente a $ 653 millones. Lo que demuestra que, en febrero, la cantidad de contribuyentes que probaba suerte en el sitio de Internet de la AFIP lo hacía con la intención de finalmente comprar divisas.
Así las cosas, en promedio, la AFIP pareciera haber reducido los montos que valida por persona, tal como se desprende de los datos difundidos por el propio organismo. Pasó de validar operaciones por más de $ 4300, a comienzos de este mes, a aprobar un promedio de $ 3900 por persona en los últimos días de la semana pasada.

RESTRICCIONES EN EL BANCO NACIÓN

La semana pasada, el presidente del Banco Nación, Juan Ignacio Forlón, intentó aplicar un límite para la compra de dólares a los casi 15.000 empleados de esa entidad. Pero una gestión del gremio abortó el intento por discriminatorio. Luego, Forlón le ordenó a la gerencia general del banco circular un mail entre el personal con una nueva instrucción. Decía que los empleados del banco que deseen adquirir moneda extranjera podrán hacerlo entre las 18 y las 19 horas. La indicación es resistida por el personal, que termina su horario de trabajo dos horas antes de ese plazo.

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