lunes, 10 de febrero de 2014

La AFIP admite que aplica "recategorizaciones" que pueden limitar la compra de dólares

La AFIP admite que aplica "recategorizaciones" que pueden limitar la compra de dólares

El organismo advierte que con la actualización de la información sobre el nivel de la facturación, los gastos, el personal a cargo y los consumos con tarjetas de crédito puede "recategorizar a los monotributistas o excluirlos del régimen
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que encabeza Ricardo Echegaray, aseguró hoy que el "sistema informático de validación" para la compra de dólares con destino de atesoramiento funciona "sin alteraciones que impliquen alguna restricción adicional".
Minutos después de que el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, evitara hablar sobre las alteraciones en la fórmula que se aplica para la autorización, el organismo emitió un comunicado en el que niega que haya acotado en febrero los límites para la adquisición de divisa extranjera para atesoramiento.
Sin embargo, el organismo reconoció que con la actualización de la información sobre el nivel de la facturación, los gastos, el personal a cargo y los consumos con tarjetas de crédito puede "recategorizar a los monotributistas o excluirlos del régimen".
Según pudo confirmar LA NACION con distintos ahorristas, la AFIP acotó arbitrariamente en febrero los límites que aplica a la compra de dólares, tanto para algunos monotributistas como para empleados en relación de dependencia.
"La AFIP indica que el sistema informático para acceder a la compra de moneda extranjera con destino tenencia funciona normalmente y sin alteraciones que impliquen alguna restricción adicional", indicó el organismo recaudador, respecto de la información publicada por este medio.
El organismo publica en su página de Internet que, para la compra de dólares para atesoramiento, la fórmula contempla un promedio del ingreso de los últimos 12 meses. Con lo cual, en el caso de los monotributistas -a los que les corresponde el 20% de la facturación máxima establecida en la categoría en la cual están registrados-, no debería haber modificaciones de un mes a otro, ya que hasta ahora la AFIP tampoco modificó las escalas. Mientras que entre los empleados en relación de dependencia, al tratarse de promedio de 12 meses, la variación también debería ser mínima.
Luego de que LA NACION informara sobre las nuevas restricciones que sufrieron muchos ahorristas, el organismo indicó: "Respecto a los empleados en relación de dependencia, el sistema se actualiza permanentemente incorporando las remuneraciones que los empleadores informan a la AFIP mes a mes a través de las presentaciones de las declaraciones juradas de seguridad social y del pago respectivo de los aportes y contribuciones".
Y agrega: "En relación a las acciones centralizadas de fiscalización de los monotributistas, la plataforma tecnológica de AFIP es de actualización permanente y tiene en cuenta los cruces informáticos que el organismo desarrolla a través de la Dirección de Recursos de la Seguridad Social. Este esquema sistémico de trabajo permite monitorear en línea el comportamiento de los pequeños contribuyentes: su nivel de facturación, sus gastos, el personal a cargo, los consumos con tarjetas de crédito; con esta información, AFIP puede recategorizar a los monotributistas o excluirlos del régimen"..

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