El
Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión se pronunció en forma
contundente respecto de la charla que mantuvo el 17 en Radio La Voz el diputado
justicialista y conductor radial Rubén Almará con una jovencita de 15 años. Al
respecto consideró: “Se utilizó un discurso estigmatizante y discriminatorio, se
vulneraron en forma absoluta los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y se
incurrió en Violencia Simbólica y Mediática, además de promoverse la violencia
física hacia las mujeres”.
Por
esa razón, el Observatorio decidió citar al legislador a fin de profundizar la
investigación de lo ocurrido. Tal decisión se tomó teniendo en cuenta también el
pronunciamiento del Consejo Provincial de Políticas Comunicacionales (CPPC) y
las actuaciones de la delegación local de la Autoridad Federal de Servicios de
Comunicación Audiovisual (Afsca).
En
el detallado informe se señala: “Las preguntas y comentarios del diputado Almará
contrarían los derechos consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño
en nuestro país, conforme el artículo 75 inc. 22 de la Constitución
Nacional”.
Inicialmente se señala: “...el conductor comienza la entrevista
con una pregunta inadecuada para que un adulto le realice a una joven: “¿A qué
edad tuviste tu primer encuentro sexual?”. Esta interrogación trata de instalar
de entrada una relación de intimidad abusiva entre ambos, sin reparar en su rol
de adulto, de comunicador social, siendo doblemente responsable al conducir un
medio radial. Con esta apertura expone a la adolescente frente a toda su
comunidad ya desde el inicio”.
“A
lo largo de toda la entrevista Almará insiste en hacer hablar a la joven de
temas vinculados a su intimidad, no respetando la negativa de esta a
responderle, haciendo un uso manipulatorio de su lugar de comunicador: ‘En
serio, vamos a hablar en serio, a calzón quitado porque a mí me encanta hablar a
calzón quitado’”, cita el Observatorio.
Luego
se indica que las preguntas realizadas por Almará –quien además de ser el
conductor de este programa es el dueño de la emisora– configuran “un discurso
violento hacia las mujeres en general y hacia las niñas en particular”
violentando lo dispuesto en la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los
Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que les reconoce “el derecho a la
dignidad como sujetos de derechos y de personas en desarrollo; a no ser
sometidos a trato violento, discriminatorio, vejatorio, humillante. Las niñas,
niños y adolescentes tienen derecho a su integridad física, sexual, psíquica y
moral al igual que se les reconoce el derecho a la vida privada e intimidad”.
También violenta lo establecido en la Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunicación
Audiovisual.
“El
cuestionario y las respuestas que el conductor induce, son absolutamente
invasivas y violentas además de que muestran cuestiones relativas a la intimidad
de la niña quien, desde un principio, dejó constancia de su edad. Por otra
parte, el entrevistador presupone cosas ‘negativas’ como por ejemplo, que toma
alcohol y que carece de responsabilidades por el solo hecho de ser una
adolescente”, se indica luego.
El
uso del lenguaje de Almará también acompaña a lo largo de la entrevista la falta
de adecuación en su rol de conductor frente a la joven entrevistada: “Mirá que
hija de puta, se ríe”, dijo en un momento de la entrevista. Según el
Observatorio: “Hace uso de un cronelecto adolescente en la misma línea invasiva
con la que inicia la nota, con intensiones de que la joven hable de temas que la
ubiquen en lugar de un objeto sexual”. (Un cronelecto es una variación en el uso
de la lengua en relación con circunstancias temporales o
generacionales).
Luego
el informe señala que con frecuencia se observa en los medios que se adultiza a
niños, niñas y jóvenes con alto contenido erótico, naturalizando la asociación
de la infancia con la seducción y el erotismo con preguntas como: “¿A qué edad
tuviste tu primer encuentro sexual?”, “¿11 años tenías?”, “¿Cuántos tenías?
¿12?”. “Ayer no fue”. “…lo hiciste …porque tenías ganas de tener sexo y a la
mierda”.
Las
invasivas preguntas refuerzan estereotipos vinculados a la juventud como el
hecho de que todos se alcoholizan: “¿Le das al escabio?”, “¿No te ponés en
pedo?” o la suposición de que los jóvenes son inmanejables que harían sufrir a
sus padres: “Pobre padre. Lo que debe sufrir tu papá y no dice nada”.
De
la misma manera el conductor introduce prejuicios vinculados a las mujeres como
a la reproducción y a mantener relaciones con varias personas, planteándolas
como negativas, lo que habitualmente es festejado cuando se trata de un varón:
“¿cuántos hijos tenés vos?”, “¿Todavía no tenés hijos?”, “Visualizo que vas a
quedar embarazada. Y lo más lindo es que no vas a saber de quién”, “Y lo hiciste
porque lo hiciste… porque tenías ganas de tener sexo y a la mierda”, “Bueno,
entonces buscate otro y estamos en la misma, bueno. Ya lo hacés, ¿No?”
También
se remarca la insistencia en obtener información relativa a la vida privada de
la niña sin pensar el riesgo que implica para la adolescente dar todos esos
datos públicamente. “De algún modo ese tipo de prácticas se acercan a las que
utilizan quienes forman parte de las redes de pedofilia para ubicar a sus
víctimas, por ejemplo en Internet. Por otro lado, pareciera que el propio
entrevistador promueve las relaciones entre niñas y personas adultas”, se indica
elocuentemente.
Además
el entrevistador despliega un discurso cargado de prejuicios y ataques a las
madres adolescentes.
Elogio
a la violencia de género
Para
el Observatorio (un espacio de cooperación institucional conformado por la
Afsca, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo
(Inadi) y el Consejo Nacional de las Mujeres) existe una circunstancia
particularmente grave, que es la promoción de la violencia física por parte del
comunicador.
Almará
señaló: “A las pibas les gusta que les peguen”, contrariando abiertamente la Ley
Nº 26.485 “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones
interpersonales” que establece en su artículo 4: “Se entiende por violencia
contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o
indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación
desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física,
psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad
personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes.
Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda
conducta, acción omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que
ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón”.
En
particular, Almará promueve a través de su discurso la violencia física,
entendida como “la que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor,
daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato agresión que
afecte su integridad física”.
Finalmente se señala que la exposición “a la
que es sometida la adolescente resulta discriminatoria en tanto se presupone y
cuestiona su conducta por su condición de género encuadrándose su presentación
en la forma de violencia mediática...”.