Ante las numerosas
presentaciones recibidas en las últimas horas por las audiencias, la Defensoría
del Público cursó al Poder Judicial la solicitud del registro audiovisual de la
declaración indagatoria que efectuará el Vicepresidente de la Nación, Amado
Boudou. En el escrito, el organismo resalta que la Ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual parte de reconocer el derecho del público, sujeto de
derechos, a acceder a hechos de interés relevante.
Considerando que la participación del Público es imprescindible para afianzar los principios, derechos y garantías que establece la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, la Defensoría solicitó al juez que entiende la causa, Ariel Lijo: “Se disponga el registro en formato audiovisual, por los medios que estime corresponder, de la audiencia del día 9 de junio de 2014 poniéndola además a disposición del Centro de Información Judicial para que, en el momento procesal en que se considere oportuno y en armonía con las garantías en juicio, pueda ordenarse su accesibilidad de manera integral para todos los ciudadanos y ciudadanas interesados en tomar conocimiento de lo allí expresado, sin ediciones ni tergiversaciones”.
Entre las presentaciones las audiencias reclaman “se interceda ante la justicia federal sobre el pedido de transmisión en vivo”, “el pedido se sustenta en la gravedad institucional del caso”, sostuvieron. Otra presentación asegura que “escribo para reclamar que se pueda acceder a la declaración que realizará el vicepresidente ante el juez Lijo en vivo y en directo.
Por otra parte, la Defensoría remarca en la presentación: “En el caso que nos convoca, el público solicita poder tomar conocimiento - a través de los medios de comunicación – de un acto de evidente e indiscutible trascendencia institucional” y agrega: “Se trata del abordaje judicial de un caso de alto interés para la ciudadanía”.
Por tales motivos, y teniendo en cuenta la negativa de Lijo a que la indagatoria fuera televisada en vivo y en directo por los artículos 204 del Código Procesal Penal y los artículos 16 y 18 de la Constitución Nacional, “esos derechos de las partes en el proceso pueden ser resguardados haciendo también lugar a los reclamados por los ciudadanos y ciudadanas que solicitan acceso a la información”, detalló la Defensoría, disponiendo “el registro en formato audiovisual” para que “en el momento procesal en que se considere oportuno, y en armonía con las garantías en juicio, pueda ordenarse su accesibilidad de manera integral para todos los ciudadanos y ciudadanas interesados en tomar conocimiento de lo allí expresado, sin ediciones ni tergiversaciones”.
Pedido de registro de declaración indagatoria al Vicepresidente
Considerando que la participación del Público es imprescindible para afianzar los principios, derechos y garantías que establece la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, la Defensoría solicitó al juez que entiende la causa, Ariel Lijo: “Se disponga el registro en formato audiovisual, por los medios que estime corresponder, de la audiencia del día 9 de junio de 2014 poniéndola además a disposición del Centro de Información Judicial para que, en el momento procesal en que se considere oportuno y en armonía con las garantías en juicio, pueda ordenarse su accesibilidad de manera integral para todos los ciudadanos y ciudadanas interesados en tomar conocimiento de lo allí expresado, sin ediciones ni tergiversaciones”.
Entre las presentaciones las audiencias reclaman “se interceda ante la justicia federal sobre el pedido de transmisión en vivo”, “el pedido se sustenta en la gravedad institucional del caso”, sostuvieron. Otra presentación asegura que “escribo para reclamar que se pueda acceder a la declaración que realizará el vicepresidente ante el juez Lijo en vivo y en directo.
Por otra parte, la Defensoría remarca en la presentación: “En el caso que nos convoca, el público solicita poder tomar conocimiento - a través de los medios de comunicación – de un acto de evidente e indiscutible trascendencia institucional” y agrega: “Se trata del abordaje judicial de un caso de alto interés para la ciudadanía”.
Por tales motivos, y teniendo en cuenta la negativa de Lijo a que la indagatoria fuera televisada en vivo y en directo por los artículos 204 del Código Procesal Penal y los artículos 16 y 18 de la Constitución Nacional, “esos derechos de las partes en el proceso pueden ser resguardados haciendo también lugar a los reclamados por los ciudadanos y ciudadanas que solicitan acceso a la información”, detalló la Defensoría, disponiendo “el registro en formato audiovisual” para que “en el momento procesal en que se considere oportuno, y en armonía con las garantías en juicio, pueda ordenarse su accesibilidad de manera integral para todos los ciudadanos y ciudadanas interesados en tomar conocimiento de lo allí expresado, sin ediciones ni tergiversaciones”.
Pedido de registro de declaración indagatoria al Vicepresidente
Ante las numerosas presentaciones recibidas en las últimas
horas por las audiencias, la Defensoría del Público cursó al Poder Judicial la
solicitud del registro audiovisual de la declaración indagatoria que efectuará
el Vicepresidente de la Nación, Amado Boudou. En el escrito, el organismo
resalta que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual parte de reconocer
el derecho del público, sujeto de derechos, a acceder a hechos de interés
relevante.
Considerando que la participación del Público es
imprescindible para afianzar los principios, derechos y garantías que establece
la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, la Defensoría solicitó al juez
que entiende la causa, Ariel Lijo: “Se disponga el registro en formato
audiovisual, por los medios que estime corresponder, de la audiencia del día 9
de junio de 2014 poniéndola además a disposición del Centro de Información Judicial
para que, en el momento procesal en que se considere oportuno y en armonía con
las garantías en juicio, pueda ordenarse su accesibilidad de manera integral
para todos los ciudadanos y ciudadanas interesados en tomar conocimiento de lo
allí expresado, sin ediciones ni tergiversaciones”.
Entre las presentaciones las audiencias reclaman “se
interceda ante la justicia federal sobre
el pedido de transmisión en vivo”, “el pedido se sustenta en la gravedad
institucional del caso”, sostuvieron. Otra presentación asegura que “escribo
para reclamar que se pueda acceder a la declaración que realizará el
vicepresidente ante el juez Lijo en vivo y en directo.
Por otra parte, la Defensoría remarca en la presentación: “En
el caso que nos convoca, el público solicita poder tomar conocimiento - a
través de los medios de comunicación – de un acto de evidente e indiscutible
trascendencia institucional” y agrega: “Se trata del abordaje judicial de un
caso de alto interés para la ciudadanía”.
Por tales motivos, y
teniendo en cuenta la negativa de Lijo a que la indagatoria fuera televisada en
vivo y en directo por los artículos 204 del Código Procesal Penal y los
artículos 16 y 18 de la Constitución Nacional, “esos derechos de las partes en
el proceso pueden ser resguardados haciendo también lugar a los reclamados por
los ciudadanos y ciudadanas que solicitan acceso a la información”, detalló la
Defensoría, disponiendo “el registro en formato audiovisual” para que “en el
momento procesal en que se considere oportuno, y en armonía con las garantías
en juicio, pueda ordenarse su accesibilidad de manera integral para todos los
ciudadanos y ciudadanas interesados en tomar conocimiento de lo allí expresado,
sin ediciones ni tergiversaciones”.
ü La Defensoría del Público es un organismo que
depende de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de
la Comunicación Audiovisual del Congreso de la Nación.
ü Cada año, la Defensoría del Público lleva a
cabo seis Audiencias Públicas, en seis regiones del país. Este año, las Audiencias
Públicas estarán focalizadas en los derechos comunicacionales de niños, niñas y
adolescentes.
ü
La primera Audiencia Pública de 2014
se llevó a cabo en Pergamino (Región Buenos Aires) y contó con 250 asistentes y
40 grupos de expositores, que hablaron en representación de organizaciones
sociales, asociaciones civiles, escuelas, sindicatos, organismos
gubernamentales y fundaciones, entre otros.
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