Las redes sociales escapan a la legislación de la veda electoral
El jefe de Asuntos Jurídicos del Tribunal Electoral de Santa Fe, Patricio Pascual, estableció las diferencias entre los medios tradicionales y los digitales. Aún falta legislar sobre este tema.

Desde ayer, a las 8, comenzó a regir la veda electoral. Para los medios tradicionales como los diarios, la radio o la televisión, las reglas son claras y conocidas por todos. Sin embargo, el crecimiento de internet y el boom de las redes sociales abrió un signo de interrogación sobre la difusión de consignas políticas en esos medios digitales.
“En redes sociales no hay legislación. Pero tampoco está permitido. Si bien no es estrictamente un medio gráfico, todos los medios digitales se verían alcanzados igual por la veda electoral al igual que otro tipos de publicidades”, dijo el jefe de Asuntos Jurídicos del Tribunal Electoral de Santa Fe, Patricio Pascual.
“No es el medio por donde se realiza la publicidad lo que determina si se puede hacer o no la propaganda política. Sino que lo que se prohíbe es la publicidad en sí misma”, aclaró.
Ante la imposibilidad de controlar la difusión de mensajes a través de las redes sociales, la posibilidad de que la campaña electoral continúe en Facebook o en Twitter a pesar de la veda, está latente.
“No es que uno habilita la campaña por las redes sociales o que puede continuar durante la veda. En realidad, no debería realizarse. Lo que pasa es que el tribunal carece de medios en este momento como para avanzar o expedirse sobre cuestiones tales como las publicidades en los medios digitales”, aseguró Pascual.
—Una de las dificultades es que los propios militantes de una fuerza, que pueden ser miles, pueden ser los emisores de esos mensajes publicitarios.
—Seguro. Pero, además, en Facebook y en Twitter, cada uno expresa lo que tiene ganas. Eso, por un lado, es muy difícil de controlar; y por otro, es muy difícil de prohibir.
—¿Y de sancionar?
—Más aún. En los casos de redes sociales, si bien uno hace pública su opinión, no está haciendo otra cosa más que expresarla. Diferente es la publicidad de lo que uno dice en Twitter. En esa red social la gente es libre de leer o no leer o de seguir o no a una persona que puede ser el candidato o un seguidor de un candidato. En cambio, la publicidad que le pasan por la televisión, la radio o los carteles de la calle, donde uno cohersitivamente se ve obligado a verlo. Es una diferencia sutil, pero no deja de ser distinto.
—¿Qué puede pasar si una persona cuelga en Facebook el link a un anuncio publicitario?
—Eso está mucho más cerca de la publicidad que lo otro. Lo que pasa es que en este momento no existe legislación sobre el tema y el Tribunal pisaría bastante blando si se pone a tratar de controlar, perseguir o sancionar conductas relacionadas con publicidades en medios digitales.
—¿Los sitios web están en las mismas condiciones que las redes sociales?
—Lo que sucede con el sitio web es que uno tiene la libertad de entrar a ver su contenido. Es una opción de esa persona la de recibir esa publicidad. Pero si voy caminando por la calle y pasa un cartel móvil que me tapa la vista de toda la calle, es como verme obligado a comprar o ver esa publicidad. Diferente es que yo escriba una dirección de internet para acceder a esa publicidad.
—¿A qué se debe la falta de legislación sobre este tema?
—Porque la norma es anterior a todo este boom de la informática, internet y las redes sociales.
—La complejidad que tienen estos nuevos medios donde los emisores pueden ser los usuarios, ¿permite trabajar a futuro en elaborar reglas claras?
—Se podría llegar a legislar sobre el tema, aunque hay que ser muy cuidadosos porque creo que hay situaciones donde se podría estar cercenando la libertad de la gente en pos de prohibir la publicidad de uno o más candidatos.
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