viernes, 2 de diciembre de 2011

no sera hora de jubilarlos a estos señores

LA RESISTENCIA DEL PASADO
La Corte volvió a obturar el avance del nuevo sistema de enjuiciamiento
Los ministros de la Corte Suprema volvieron a cuestionar la autarquía del Ministerio Público de la Acusación y del Servicio Público de Defensa. Ganón advirtió que si no respetan la ley presentará un recurso extraordinario en la Corte nacional o en organismos internacionales.
02.12.2011 | 13:05 hs.· Autor: Héctor M. Galiano (hgaliano@notife.com)· Fuente: Notife
Una vez más, y en horas donde los ministros de la Corte resuelven quién será el nuevo presidente del cuerpo, los integrantes del máximo órgano judicial en Santa Fe volvieron a frenar el normal avance del nuevo sistema de enjuiciamiento penal que fue votado por la Legislatura santafesina hace dos años de manera unánime. Como en la canción “Resistiré” (que el entonces candidato Agustín Bassó cantó en una cena de magistrados cuando su pliego recibía una lluvia de críticas), el Procurador de la Corte y los ministros Rafael Gutiérrez y Eduardo Spuller insistieron en poner más palos en la rueda de la reforma. Sus pares restantes votaron de manera moderada, pero habilitando excesos en los atributos de la Corte. Esta vez, acompañaron con su rúbrica una Acordada en donde se vulnera la autonomía de dos estructuras claves para modernizar a la justicia penal en Santa Fe.

En rigor, los jueces se reunieron el pasado 22 de noviembre y refrendaron el acta 74, que evaluó varios temas pendientes, entre ellos, los requerimientos del Ministerio Público de la Acusación y el Servicio Público de la Defensa

El Fiscal General Julio de Olazábal remitió a la Corte –en octubre- una resolución en la cual proponía al Poder Ejecutivo la designación de del contador público Carlos Ramón Riboldi para el cargo de Administrador General del Ministerio Público de la Acusación, “a fin de satisfacer la previsión contenida en el artículo 16, inciso 6, de la ley 13.013, respecto de que las propuestas de designación de dicho Ministerio deben realizarse por el Poder Ejecutivo por intermedio de la Corte Suprema de Justicia”

Para de Olazábal era importante la intervención de la Corte para comenzar con el trabajo en el Ministerio de Público de la Acusación. El nuevo jefe de los fiscales también seleccionó al abogado Marcelo Ignacio Hidalgo para ocupar el cargo de Director de la Escuela de Capacitación del Ministerio Público de la Acusación.

La Corte le pidió opinión al Procurador de la Corte Agustín Bassó que sugirió ordenar la remisión de todos los antecedentes de los postulantes para que sea la Corte la que “ejercite la atribución constitucional contenida en el artículo 92, inciso 5, de la Constitución Provincial”
En la votación sobre este punto, los ministros Daniel Erbetta y María Angélica Gastaldi fueron los más moderados: pidieron la remisión de todos los antecedentes de los postulados a la Corte para la posterior postulación.

El Presidente de la Corte, Rafael Gutiérrez, junto Eduardo Spuller se remitieron a los votado anteriormente, en consonancia con Bassó, es decir, negando la autonomía de las dos estructuras creadas legalmente para el nuevo sistema de enjuiciamiento penal. Roberto Falistocco y Mario Netri también sobrepasaron sus atribuciones, exigiendo todos los antecedentes de los postulantes.

También siguió los pasos de Julio de Olazábal el Defensor Provincial Gabriel Ganón, que elevó al máximo organismo judicial la propuesta de María Alejandra Benavidez para el cargo de Administradora General del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, “con fin de satisfacer la previsión contenida en el artículo 21, inciso 8, de la ley 13.014”, que creó la estructura a través de una ley de la Legislatura. Como al Fiscal General Julio de Olazábal, los ministros de la Corte pidieron los antecedentes de la candidata para luego proponer el cargo al Poder Ejecutivo. Gutiérrez y Spuller opinaron que había que remitirse a acordadas anteriores, donde se cuestionaba la constitucionalidad del nuevo sistema penal.

El martes pasado, el Defensor Provincial, respondió a la Corte por escrito y cuestionó el acto administrativo de los ministros que resolvieron “ordenar la remisión a esta Corte de todas las actuaciones del proceso de selección y nombramiento del cargo de Administrador General del Servicio Público Provincial de Defensa Penal…”.

Para Gabriel Ganón, “ tal requerimiento, así como también el inadecuado y abusivo lenguaje utilizado, requiere de mi parte la realización de una necesaria aclaración (…) más allá de la interpretación sobre la ley que crea el Servicio Público Provincial de Defensa Penal (SPPDP), lo cierto es que dicha ley, le otorga al SPPDP plena autonomía y autarquía funcional, en sintonía con el artículo 120 de la Constitución Nacional. En este sentido, siendo el SPPDP una institución autónoma y autárquica, mal puede la Corte Suprema de Justicia imponerle el cumplimiento de sus resoluciones administrativas”.

Ganón también señaló en su respuesta que hubiese sido preferible utilizar la palabra “solicitar” en lugar de “ordenar”, y le hizo saber a los integrantes del máximo órgano judicial que los antecedentes de Alejandra Benavides fueron puestos a disposición de Daniel Erbetta con anterioridad al requerimiento recibido, a solicitud del mismo y como consecuencia del constitucional principio de acceso a la información y la necesaria transparencia de todo acto que involucre a la actividad estatal.
“La designación de la Administradora General es un acto que la Ley 13.014 reserva en forma exclusiva al SPPDP (artículo 21 y 70) que esa Corte sólo toma intervención para remitir inmediatamente al Poder Ejecutivo la selección para que se proceda a su designación”, desarrolló entre sus argumentos el titular del Servicio Público de Defensa.
Ganón dejó en claro que –más allá de la disparidad de los votos de los ministros- “no convalida ni consiente ningún tipo de control de legalidad ni de mérito por parte de la Corte Suprema respecto del proceso de selección y nombramiento de la Administradora General, el cual ha sido llevado a cabo en ejercicio de facultades conferidas por la ley que creó la estructura.

Si la Corte excediese el mandato de lo que establece la ley, el Defensor Provincial advirtió que acudirá a la Corte Suprema de Justicia Nacional - por vía del recurso extraordinario - y/u organismos internacionales de derechos humanos “en defensa de la autonomía funcional y autarquía financiera de esta institución, absolutamente indispensable para satisfacer el sistema de enjuiciamiento acusatorio”.

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